Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, para la ejecucion de proyectos para actividades de educacion para el desarrollo a ejecutar por las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S20891/13

Norma:

ORDEN de 29 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para actividades desarrolladas dentro de las cuatro dimensiones que forman parte de la educación para el desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con cargo a esta convocatoria la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea podrá financiar hasta un 90 % del presupuesto total del proyecto, no superando en ningún caso la subvención concedida los 30.000 €. Para proyectos que se ejecuten sólo durante el año 2013 la subvención máxima concedida será de 20.000 €.

En los proyectos presentados por varias entidades en agrupación, la subvención concedida no superará el límite de los 40.000 €. Para proyectos que se ejecuten sólo durante el año 2013 la subvención máxima concedida será de 30.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo y agrupaciones lideradas por ONGD con los otros agentes de cooperación definidos en la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para
el desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Sensibilización y concienciación de la opinión pública en materia de cooperación para el desarrollo y causas de la pobreza.

b) Formación sobre el desarrollo y difusión en los ámbitos educativos del conocimiento de la realidad de los países empobrecidos y de la cooperación para el desarrollo.

c) Investigación sobre el desarrollo.

d) Movilización social para crear redes de solidaridad en nuestra sociedad.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo (sección A: Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo) con, por lo menos, un año de antelación al día de publicación de la convocatoria.

b) Justificar, en su caso, y antes de la fecha de presentación de la solicitud para la presente convocatoria, las ayudas recibidas para las anualidades 2011 y anteriores, por parte de la Xunta de Galicia a otros proyectos en materia de educación para el desarrollo. Asimismo, es necesario que se haya efectuado el correspondiente ingreso en los casos en los que, sobre las entidades beneficiarias de ayudas económicas, haya recaido resolución administrativa o judicial firme de reintegro.

c) No incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

d) Tener sede, domicilio social o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Se entenderá por delegación permanente aquella que cuente con personal de la organización y local fijo donde realicen sus actividades. En este caso, dicha delegación asumirá la responsabilidad directa en la presentación de la solicitud y se comprometerá al mantenimiento de la documentación, la contabilidad y la cogestión del proyecto en su oficina de Galicia, entendiendo por esta la participación en, por lo menos, la identificación, formulación, seguimiento y evaluación del proyecto. Asimismo, las entidades beneficiarias deben mantener abierta su sede o delegación permanente en Galicia, como mínimo, hasta la prescripción del proyecto; es decir, por un período de cuatro años desde la finalización de la ejecución del mismo. En caso contrario, el incumplimiento llevará consigo la obligación de devolución del importe de la subvención concedida.

e) También podrán acceder a las subvenciones los proyectos presentados por la entidad solicitante, agrupada con cualquiera de las entidades definidas como agentes de cooperación
según el artículo 23.1, apartados b), c), d), e), f), g) de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo, que cumpliendo los requisitos anteriores se presenten agrupadas. En este caso, cada una de las entidades deberá cumplir los requisitos señalados
anteriormente, debiendo adjuntar a la solicitud la documentación a la que se refiere el artículo 5.2 –carpeta 1– de estas bases reguladoras, así como el contrato o acuerdo de colaboración firmado entre las personas que ostentan su representación legal, por el que
se obligan solidariamente ante la Xunta de Galicia por las posibles responsabilidades derivadas de la ejecución del proyecto y, en su caso, al reintegro total o parcial de las subvenciones en los supuestos de falsedad u ocultación de datos o incumplimiento pleno o parcial de los fines para los que se le concedió la subvención.

f) Las entidades solicitantes podrán presentar un máximo de dos proyectos. Se financiará a cada entidad un único proyecto individual o dos siempre que, por lo menos, uno de ellos sea en agrupación. Además, se permitirá la presentación de un tercer proyecto en agrupación que podrá ser financiado cuando se trate de un proyecto de investigación para el desarrollo y que incluya en la agrupación a un departamento de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento