Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de la CE (ahora Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) con origen o destino en las Islas Canarias por los trayectos realizados en los años 2017 y 2018.

Código de ayuda:

S46955/20

Norma:

ORDEN de 23 de febrero de 2018. Orden de 26 de agosto de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de septiembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye objeto de las subvenciones a que se refieren las presentes bases reguladoras la compensación del coste del transporte marítimo y aéreo interinsular de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, desde cada una de las islas del Archipiélago con destino a las restantes, para los trayectos realizados los años 2017 y 2018.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Obras Públicas y Transportes (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Tráficos que se produzcan entre islas capitalinas: el 50% del coste subvencionable aplicable a su trayecto.

- Tráficos que se produzcan desde isla capitalina hacia isla no capitalina o desde estas a cualquier otra isla: 100% del coste subvencionable aplicable a su trayecto.

- Si la mercancía objeto de transporte fuera cemento será subvencionable el 10 % del coste subvencionable sin que en ningún caso caso la cantidad subvencionable pueda superar el 3% de la asignación presupuestaria total prevista.

- Si la mercancía objeto de transporte fuera el petróleo y sus derivados será subvencionable el 10 % del coste subvencionable sin que en ningún caso caso la cantidad subvencionable pueda superar el 3% de la asignación presupuestaria total prevista.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios las personas físicas o jurídicas solicitantes de compensación, compradora o vendedora, receptora o remitente de las mercancías, que acrediten haber abonado los costes del transporte compensable mediante la documentación que sea exigida.

A tal fin, cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida en el objeto o fines sociales de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 05/03/2018
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 45
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/09/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 183
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/09/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 183
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento