Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la accesibilidad universal y la puesta en valor turístico del patrimonio público cultural de los municipios del interior de Andalucía.

Código de ayuda:

S45246/18

Norma:

Orden de 1 de agosto de 2018. Orden de 3 de julio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de agosto de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a los municipios del
interior de Andalucía, con el fin de fomentar la accesibilidad universal y la puesta en valor turístico
del patrimonio público cultural.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Turismo y Deporte (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 100% del proyecto subvencionable, siempre que no supere la cuantía máxima de 60.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Municipios andaluces del interior que no ostenten, conforme al Decreto 72/2017, de 13 de junio, una
declaración como "Municipio Turístico de Andalucía".

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Mejora de la calidad de los edificios y espacios públicos de interés turístico-cultural, dotándolos de
material o equipamiento, así como la mejora del acceso e interpretación de los recursos objeto de la
actuación mediante su adecuada señalización.

b) Actuaciones para alcanzar la accesibilidad universal de los recursos turístico-culturales, de forma que se permita su disfrute por todas las personas de acuerdo con el principio de "Diseño para Todos". Estas actuaciones podrán consistir, desde la supresión de barreras arquitectónicas y la adaptación de estos espacios para personas con movilidad reducida hasta la señalización de dichos recursos de forma que se facilite su acceso e interpretación. Asimismo, también tendrían cabida aquellas iniciativas que tuvieran como fin facilitar la accesibilidad cognitiva de los recursos objeto de la actuación, asegurando la comprensión de la información y la orientación en el entorno.

c) Actuaciones de recuperación y puesta en valor turístico de recursos del patrimonio cultural, tales como Centros de Interpretación y Centros de Visitantes, infraestructuras de carácter agrario o industrial en desuso (silos, estaciones de tren, factorías, etcétera), entre otros edificios y espacios públicos de
interés arquitectónico, histórico y cultural.

Requisitos:

A los efectos de la presente Orden, tendrán la consideración de municipios del interior de Andalucía los municipios andaluces cuyo término municipal no linde con el mar y tengan una población de derecho no superior a los cien mil habitantes.

Documentos asociados

Boletín: 29/08/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 17/07/2019
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 136
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/07/2019
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 136
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento