Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por el Fondo Europeo-Next Generation EU, en 2023.

Código de ayuda:

S18500/23

Norma:

ORDEN 320/2023, de 15 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Será entre quince y treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Impulsar la actividad, la creación, las prácticas y los procesos culturales contemporáneos en estrecha vinculación con las comunidades y sus contextos sociales, territoriales y culturales específicos, contribuyendo a la construcción de nuevos relatos, imaginarios, representaciones, estéticas, valores y actitudes para el medio rural en el contexto de los retos que plantea el mundo contemporáneo, así como
poner en valor, en diálogo con el presente, el patrimonio, el conocimiento y los saberes tradicionales.

b) Promover la dinamización, modernización e innovación de los sectores y agentes culturales y creativos que operan en el medio rural, favoreciendo la generación de empleo, la profesionalización y la creación de redes profesionales locales, regionales y nacionales, así como ayudar a la consecución de la igualdad de género en estos sectores.

c) Promover la inclusión y estimular la participación ciudadana activa en la actividad cultural como instrumento de participación democrática, bienestar, salud y cohesión social y territorial, con especial atención a la incorporación de estrategias de igualdad de género y participación juvenil y a la colaboración con los centros educativos.

d) Favorecer la diversidad cultural, así como el diálogo y el intercambio rural-urbano.

e) Impulsar la contribución de la cultura a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular a aquellos vinculados con la sostenibilidad medioambiental.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Comercio
  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas no podrán superar el 80% del presupuesto total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales, y privadas, con y sin ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales.

b) Los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

c) Las entidades privadas que opten a las presentes ayudas la definición de empresa mediana, pequeña o microempresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En particular, se financiarán las siguientes actuaciones con las ayudas:

a) Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, literatura y palabra, arquitectura, diseño y artesanía, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales.

b) Proyectos que, mediante la participación multiagente -laboratorios de ideas, prototipados de proyectos, iniciativas transdisciplinares o alianzas transectoriales-, favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio.

c) Patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas.

d) Actividades de educación, transferencia y mediación artística y cultural, incluyendo el uso de las nuevas tecnologías.

En concreto, tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes:

a) Gastos técnicos, de desarrollo y realización de la actividad (alquiler de equipamiento técnico, alquiler de espacio del evento, contratación de transportes, montajes...).

b) Gastos del personal artístico y del personal técnico del proyecto.

c) Gastos del equipo de organización: labores de gestión, coordinación y dirección de la actividad, que no podrán superar el porcentaje que se prevea en la convocatoria.

d) Gastos de viajes, alojamiento y dietas directamente vinculados con las acciones subvencionables. Por ello, estos gastos deberán estar siempre en relación con alguna actuación concreta de la actividad que se indicará en la memoria, deberán realizarse en el período de ejecución de la actuación y detallarse y concretarse en el presupuesto.

e) Gastos de promoción, publicidad y difusión del evento o actividad (diseño, edición-impresión, web, comunicación etc.).

f) Gastos de estructura o costes indirectos por el tiempo que dura la actividad: luz, telefonía, agua, etc. y otros gastos ordinarios, que no podrán superar el porcentaje que se prevea en la convocatoria.

g) Gastos en investigación e innovación, formación, mediación y consultoría.

h) Gastos en derechos de autor de la ejecución del proyecto.

i) Gastos de consultoría para la redacción del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento