Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de utilidad pública o interés social.

Código de ayuda:

S32273/13

Norma:

Sant Iscle de Vallalta, 31 de juliol de 2013. Sant Iscle de Vallalta, 17 de juliol de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión,
cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento a las entidades sin ánimo de lucro que presenten su actividad en Sant Iscle de Vallalta.

Categorías Subvención

  • Textil - Confección

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Sant Iscle de Vallalta (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe y porcentaje de las subvenciones que se otorguen no excederá, en cualquier caso, del 50% del coste total de los proyectos / actividades subvencionadas, y como límite, tendrán la consignación presupuestaria anteriormente fijada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Las personas físicas o jurídicas de derecho público que hayan de realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento.

- Las entidades legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Sant Iscle de Vallalta que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento.

- Excepcionalmente las agrupaciones de personas físicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque les falte personalidad jurídica, puedan desarrollar los proyectos, actividades o comportamientos subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Promoción de la cultura, deporte, educación, asistencia social, atenciones benéficas, entre otros, en el ámbito territorial del Municipio.

b) Asistencia y cooperación con otros entes locales de la provincia o con otros entes diferenciados con personalidad propia.

c) Financiación de obras o actuaciones, dentro de la Provincia, que sean competencia del Ayuntamiento, respondan a necesidades sociales o fomenten los intereses generales de la Provincia.

d) Por razones de solidaridad, ayudas a países o zonas deprimidas o para remediar calamidades públicas, aunque sea fuera del territorio de la Provincia y del Estado Español.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarios siempre no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2013
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 16/08/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6440
Documento: Anuncio. Descargar Documento