Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de fomento de la lectura en librerías en 2024 y 2025.

Código de ayuda:

S03482/24

Norma:

Decreto de 27 de febrero de 2024. Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de abril de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es financiar actividades de fomento de la lectura organizadas por librerías madrileñas. Las actividades podrán ser presenciales o virtuales, y celebrarse tanto dentro como fuera de sus espacios, siempre y cuando tengan lugar en la ciudad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

A los efectos de la presente convocatoria, podrán acceder a la subvención aquellas librerías que, constituidas como empresas o entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

— Tener como actividad y objeto social, único o entre otros, la venta de libros al por menor. La venta de libros deberá representar, al menos, un 60 por 100 del volumen total de negocio.

— Tener el domicilio social en Madrid o, al menos, una librería abierta al público en la ciudad, en la que se llevarán a cabo las actividades de fomento de la lectura propuestas.

— La librería deberá contar con una superficie igual o superior a treinta metros cuadrados y estar abierto al público al menos diez meses al año (con un mínimo de apertura de cinco días y treinta y cinco horas a la semana). Asimismo deberá estar necesariamente identificada con un rótulo en el exterior y contar con un horario de apertura que también sea visible para el público.

— Tener a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías especializadas (cuyas ventas en su materia de especialidad concentren un 60 por 100 de las ventas) el número de títulos exigibles se podrá reducir a 1.500. Por otro lado, las librerías con una facturación de libros superior a 600.000 euros deberán disponer de una oferta mínima de 6.000 títulos.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/03/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 64
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/03/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 64
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento