Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Código de ayuda:

S28055/16

Norma:

Orden de 19 de julio de 2016. Orden de 31 de agosto de 2016. Orden de 23 de diciembre de 2016. Orden de 3 de agosto de 2018. Orden de 18 de noviembre de 2019. Orden de 22 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de julio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas dirigidas a mantener e incrementar la calidad de dicho litoral a través de la recuperación
medioambiental y la consecución de un uso más sostenible de las playas, y ello en aras de potenciar el crecimiento de estas zonas y promover la sostenibilidad ambiental y socioeconómica de las zonas rurales andaluzas. A tal efecto, serán objeto de subvención aquellas inversiones en zonas rurales que permitan la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos en el litoral andaluz.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Turismo y Deporte (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será del 100% de los costes subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Municipios y Entidades Locales Autónomas del litoral andaluz, a través de sus respectivos órganos de de
gobierno y administración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A los efectos de la presente orden, serán objeto de subvención aquellas inversiones en zonas rurales que permitan la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos en el litoral andaluz y que se encuentren englobadas en alguno de los apartados que se relaciona a continuación:

- Restauración de infraestructuras turísticas del litoral, como pueden ser paseos marítimos, accesos a
playas, protección de elementos integrantes del dominio público marítimo-terrestre y demás trabajos que
permitan asegurar la sostenibilidad de la costa.

- Acondicionamiento de las infraestructuras y dotación del equipamiento necesario para la mejora de la
accesibilidad de las playas del litoral, priorizando las dirigidas a personas con discapacidad o movilidad reducida.

- Bienes muebles destinados a la mejora de la accesibilidad de zonas del litoral (adaptación de espacios para personas con discapacidad; mejora de la señalización, priorizando las dirigidas a la accesibilidad cognitiva, que aseguren la comprensión y orientación en el entorno y la información de aquellas personas que puedan mostrar dificultades en la adaptación a los entornos; entre otros)

- Bienes muebles destinados a la mejora de la seguridad del litoral.

- Actuaciones relacionadas con la limpieza e higiene del litoral.

- Adquisición de equipamientos para zonas del litoral, que coadyuven a la consecución, entre otros, de
distinciones de calidad y medioambientales.

- Construcción, mejora y modernización de los centros de información y orientación turística.

- Creación de senderos para su utilización por medios no motores, rutas en torno a sendas y caminos, y
puesta en valor de vías verdes.

- Implantación de rutas turísticas.

En todo caso, las inversiones previstas en este apartado serán subvencionables siempre y cuando las mismas se realicen de acuerdo con los planes de desarrollo de los municipios o poblaciones de las zonas rurales y sus servicios básicos, si existen dichos planes, y sean coherentes con las estrategias de desarrollo local pertinentes, lo cual habrá de documentarse en los términos previstos en el apartado 15 de este Cuadro Resumen.

En todo caso, para el inicio de las actuaciones será requisito imprescindible el levantamiento por parte del órgano instructor de estas ayudas de Acta de no inicio. Por tanto, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 5.c).1º, no serán subvencionables aquellas actuaciones que se hayan iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda y del levantamiento de la indicada Acta de no inicio.

Requisitos:

De acuerdo con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía, y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 50 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, para poder ser beneficiaria de la ayuda,
la entidad local deberá comprender un territorio o superficie que no esté clasificado como "densamente
poblado", de acuerdo con la Metodología de Urbanización de la Comisión Europea.

Además, dentro de los términos municipales de los municipios densamente poblados, también será
considerada como zona rural:

- La superficie cuyo uso asignado en SIGPAC sea distinto de “zona urbana” (ZU) o,

- las zonas urbanas (ZU) que no sean centros de poblaciones principales (las pedanías o núcleos de
poblaciones similares). Para delimitar estas pedanías y/o otros tipos de zonas de poblaciones
diseminadas, se recurre a la capa gráfica "su01_nucleo_pol" del Sistema Urbano, considerando como tales
todos los núcleos de poblaciones que no están clasificados en dicha capa como cabeceras municipales.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 142
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/09/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 173
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/09/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 173
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/01/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 2
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/01/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 2
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 31/08/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 169
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/08/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 169
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 31/08/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 169
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos: provincia de Cádiz Descargar Documento
Boletín: 31/08/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 169
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto): provincia de Cádiz Descargar Documento
Boletín: 28/11/2019
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 230
Documento: Modificación Convocatoria: Inversión Territorial Descargar Documento
Boletín: 28/11/2019
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 230
Documento: Modificación Convocatoria: playas del litoral Descargar Documento
Boletín: 10/06/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 110
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos: playas del litoral andaluz Descargar Documento
Boletín: 10/06/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 110
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto): playas del litoral andaluz Descargar Documento