Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en actuaciones tradicionales de sistemas de conducción hidráulica, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.4).

Código de ayuda:

S29764/20

Norma:

Orden de 20 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de la presente subvención la inversión para la ejecución de proyectos que contemplen
actuaciones en regadíos tradicionales de uso colectivo, que cuenten con valores agronómicos, culturales,
paisajísticos y ambientales, y que cumplan funciones y servicios ecosistémicos esenciales en el Marco del
Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Dado que existen una serie de sistemas de transporte y distribución del agua para riego que han contribuido a la conformación de un paisaje singular y agrario cuya conservación es de gran interés, esta intervención hace posible conservar y ordenar territorialmente los ecosistemas asociados, con objeto de hacer sostenible la actividad en el contexto agroambiental. En la mayoría de los casos la actividad está asociada a sistemas agrarios de alto valor natural generalmente localizados en zonas de Red Natura 2000 o sus aledaños, y en otras zonas de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las Comunidades de Regantes, Juntas Centrales y Comunidades Generales que sean corporaciones de
derecho público adscritas al Organismo de cuenca correspondiente, según los artículos 81 y 82 del Real
Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Aguas.

b) Las entidades locales recogidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
bases del Régimen Local.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Inversiones necesarias para la ejecución de proyectos de rehabilitación de acequias construidas con
materiales tradicionales, cuyo objetivo principal sea el riego y la recarga de acuíferos, obras de fábrica
y elementos singulares de interés cultural, o de carácter patrimonial, detección de antiguas acequias que
se han perdido y recuperación del trazado original, así como los costes de redacción de proyectos y de
dirección de obras de acuerdo con lo recogido en el artículo 45.2c) del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Requisitos:

a) Acreditar la titularidad del bien y la competencia o atribución para acometer el proyecto que se
pretende subvencionar.

b) Los solicitantes Comunidades de Regantes, Juntas Centrales y Comunidades Generales, deberán disponer
de derechos de uso sobre las aguas que emplean la infraestructura objeto de la actuación.

c) Que su ámbito de actuación se encuentre en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el supuesto de que
el ámbito territorial de una comunidad de regantes alcance dos o más Comunidades Autónomas sólo se podrán financiar actuaciones que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras 2020 y Anexos Descargar Documento