Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro para apoyar la realización de medidas de acompañamiento a las personas destinatarias finales de la provisión de alimentos y/o asistencia material básica, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2026.
Código de ayuda:
S13000/26Norma:
Orden de 27 de abril de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de mayo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para la realización de medidas de acompañamiento a las personas destinatarias finales de la provisión de alimentos y/o asistencia material básica mediante un sistema de tarjetas y/o vales físicos o electrónicos, por entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, estimándose, a efectos meramente orientativos, que el número de unidades familiares susceptibles de ser atendidas anualmente en el marco del programa se sitúa en un intervalo comprendido entre 8.700 y 14.800.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
AndalucíaConvoca:
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Hasta el 100% del presupuesto total de la actividad subvencionada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro cuyo objeto o fin social sea la acción social así como la Cruz Roja Española.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Suministradas las tarjetas, garantizar su entrega a los participantes del programa de asistencia material básica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el apoyo en la activación de las mismas y la asistencia en la resolución de todas las incidencias derivadas de su uso.2. Implementar dentro del itinerario personalizado de inclusión social, las medidas de acompañamiento, a personas y familias participantes en el programa de asistencia material básica de la Comunidad Autónoma de Andalucía que refuercen sus procesos de integración social y potencien su desarrollo personal.
3. Garantizar la información y derivación a los recursos específicos que se valoren adecuados.
4. Ofrecer un servicio individual y/o grupal de acompañamiento y apoyo social que favorezca la inclusión social.
Requisitos:
a) Para el caso de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, tener los Estatutos, o su modificación, debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en aplicación de los dispuesto en la Disposición Transitoria Primera, puntos 1 y 3, en relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para el resto de Fundaciones, la obligación de inscripción y actualización irá referida al Registro que por su ámbito le corresponda.Asimismo, cuando se trate de una Fundación, acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de la obligación de presentar las cuentas al Protectorado, según la normativa autonómica aplicable en cada caso.
b) Estar inscrita en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía, conforme a la normativa vigente.
c) Tener su ámbito de actuación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
d) Carecer de fines de lucro.
Documentos asociados
Boletín:
05/05/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 84
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 84
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
05/05/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 84
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 84
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
