Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Entidades Locales para inversiones de prevención de catástrofes climatológicas (caminos) que dan servicio a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 5.1).

Código de ayuda:

S03673/19

Norma:

Orden de 26 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
dirigidas a Entidades Locales para inversiones de prevención de catástrofes climatológicas, provocadas por
lluvias torrenciales, sobre caminos públicos, que dan servicios a las explotaciones agrarias, en el Marco
del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las siguientes entidades locales de entre las establecidas en el artículo 3 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local:

1. Son entidades locales territoriales:

a) El Municipio.

b) La Provincia.

2. Gozan, igualmente, de la condición de Entidades Locales:

a) Las Comarcas y otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía.

b) Las Áreas Metropolitanas.

c) Las Mancomunidades de Municipios.

Requisitos:

a) Acreditar la titularidad de las infraestructuras y la competencia o atribución para acometer el
proyecto que se pretende subvencionar.

b) Contar con los permisos, autorización y licencias preceptivos para las obras.

c) Aportar la certificación de titularidad y de disponibilidad de los terrenos necesarios para la
ejecución de las obras.

d) Que su ámbito de actuación se encuentre en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el supuesto de que el ámbito de la actuación alcance dos o más Comunidades Autónomas sólo se podrán financiar actuaciones que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 11/01/2019
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 7
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento