Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.

Código de ayuda:

S41946/21

Norma:

Orden de 6 de agosto de 2021. Resolución de 1 de diciembre de 2021. Orden de 23 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de enero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en el ámbito de la Administración Local de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Se subvencionará un porcentaje máximo del 75% del coste de las actuaciones.

b) La cuantía total máxima a subvencionar por entidad no excederá en ningún caso de 60.000 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en las presentes bases los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:

a) Actuaciones dirigidas a promover la planificación estratégica y la inversión en la mejora y modernización de infraestructuras y de la transformación digital del comercio local y de la artesanía en el municipio:

Elaboración de Planes Estratégicos de Comercio Municipal o bien su revisión o actualización.

Proyectos de inversión para la mejora o modernización de mercados de abastos.

Proyectos de inversión dirigidos a la mejora y modernización de los espacios comerciales urbanos.

Proyectos de inversión para la adecuación física de espacios e infraestructuras y la dotación y mejora de instalaciones y servicios destinados al comercio ambulante en el municipio.

Puesta en marcha y mantenimiento de un proyecto de transformación digital del comercio en todos sus formatos y de la artesanía local, a través de servicios municipales de asistencia y asesoramiento a las personas comerciantes y artesanas, y puesta en marcha de plataformas de comercio on line de titularidad municipal.

Instalación de equipamientos o mobiliario en el municipio, tales como taquillas inteligentes, que permitan gestionar la recepción de la compra de productos ya sean de carácter comercial o artesano por parte de las personas consumidoras, o bien la custodia de la compra realizada durante un período determinado.

La implantación o mantenimiento de espacios expositivos permanentes destinados a la promoción de la producción artesana, ya se trate de espacios o locales destinados exclusivamente a esta finalidad o mediante la reserva de espacios en equipamientos municipales ya existentes destinados a otros fines.

La instalación de señalética identificativa de los espacios comerciales urbanos y talleres artesanos del municipio.

b) Actuaciones de dinamización y promoción del comercio minorista y de la artesanía local:

Realización de campañas publicitarias dirigidas a la incentivación del comercio local en todas sus modalidades y de los productos artesanos del municipio.

Organización y desarrollo de ferias comerciales y ferias de artesanía u otros eventos de promoción y comercialización de productos locales o artesanos en el municipio.

Realización de acciones de dinamización del comercio local en todas sus modalidades y la artesanía local. En el caso de Ayuntamientos que cuenten con un Centro Comercial Abierto reconocido por la Administración de la Junta de Andalucía, para que que esta actuación sea subvencionable habrá de estar soportada en el Convenio de Colaboración suscrito con la organización promotora del Centro Comercial Abierto.

No podrán ser objeto de subvención la adecuación de espacios e infraestructuras y la dotación y mejora de instalaciones y servicios que no tengan repercusión directa en la actividad, la oferta comercial y artesana y en la mejora del servicio prestado a las personas consumidoras y usuarias.

En cada convocatoria se concretarán cuáles de las actuaciones previstas en el apartado 1 pueden ser objeto de solicitud de subvención.

Requisitos:

a) Que la participación en la convocatoria por parte del Ayuntamiento solicitante de la subvención haya sido aprobada por la corporación en el pleno del Ayuntamiento u órgano municipal al que corresponda por tener atribuida esa competencia.

b) En el caso de solicitar subvención para la actuación contemplada en el artículo 3.1.a).4.º, que cuenten con Ordenanza Municipal reguladora del comercio ambulante en el municipio publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y adecuada al Informe favorable del Consejo Andaluz de Comercio.

c) Cuando el Ayuntamiento solicitante cuente en su municipio con un Centro Comercial Abierto reconocido por la Administración de la Junta de Andalucía, deberá contar con un convenio de colaboración en vigor suscrito con la organización promotora del mismo.

d) No haber resultado beneficiaria de estas subvenciones en la convocatoria anual inmediatamente anterior, salvo en el caso de la primera convocatoria de las ayudas reguladas por la presente orden, para la que se excepciona el cumplimiento de este requisito.

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 15/12/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 239
Documento: Convocatoria 2021-2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/12/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 239
Documento: Convocatoria 2021-2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/12/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 249
Documento: Modificación Descargar Documento