Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de creación artística contemporánea 2024-2025, aprobando las correspondientes bases.

Código de ayuda:

S04573/24

Norma:

Decreto de 19 de marzo de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de abril de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es la promoción de las artes escénicas y performativas, artes musicales, artes visuales, cine y audiovisuales a través de la concesión de ayudas al mantenimiento y programación de salas de pequeño formato de actividad escénica, salas con programación de música en directo, y espacios independientes de creación contemporánea.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de esta convocatoria asciende a 4.912.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La presente convocatoria va dirigida a los siguientes espacios culturales con las siguientes modalidades:

A. Salas de pequeño formato de actividad escénica.

B. Salas de música en directo.

C. Espacios independientes de creación artística contemporánea

Requisitos:

1. Que la sala para la que se solicita la ayuda esté en la ciudad de Madrid.

2. Que el solicitante ostente la titularidad de la gestión de la sala, en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que acredite y garantice la gestión y explotación de la misma.

3. Que el espacio viniera desarrollando una programación continua y estable, dedicada a las actividades definidas en el artículo 1 de esta convocatoria como mínimo un año antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria y sus bases.

4. Que el solicitante se comprometa, mediante declaración responsable, a mantener la actividad del espacio abierto al público con programación estable y continua, como mínimo, hasta el 31 de diciembre de 2025.

5. Únicamente en el caso de las modalidades A y B, el proyecto de programación deberá recoger la realización de un mínimo de 80 días de programación en cada uno de los años del período subvencionable (2024 y 2025).

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 01/03/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 77
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento