Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de cooperación al desarrollo en países en vías de desarrollo.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S28782/11

Norma:

Zizur Mayor, 2 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promocionar el desarrollo en los campos de la educación, salud, vivienda, defensa de los derechos humanos, promoción de personas excluidas, desarrollo de infraestructuras que beneficien a comunidades rurales o urbanas y que impliquen la participación activa de las propias comunidades y de sus instancias
representativas, sobre todo a nivel municipal, en su proposición, gestión y ejecución.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Zizur Mayor (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía económica asignada a cada proyecto será proporcional a los puntos obtenidos por el mismo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las ONGD y los proyectos de éstas que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de cooperación para el desarrollo dirigidos a satisfacer las necesidades básicas de la población de los países en vías de desarrollo (PVD).

Serán gastos subvencionables:

a) Gastos directos:

a.1) Terrenos y compras o alquileres de inmuebles.

a.2) Construcciones o reformas de inmuebles, incluyendo mano de obra, dirección de obra, licencia de obras y tasas y materiales de construcción.

a.3) Equipos materiales y suministros, y los gastos derivados del transporte de los equipos; así como materiales y suministros necesarios para la ejecución del programa.

a.4) Gastos de personal, que podrán incluir salarios y seguros sociales a cargo de la entidad del personal afecto a la intervención. Se diferenciarán en dos categorías:

–Personal local, que se refiere al personal sometido a la legislación laboral del país donde se ejecuta la intervención objeto de subvención y en el que presta sus servicios, estando sus funciones y tareas directamente relacionadas con la intervención.

–Personal expatriado, es aquel personal de la entidad beneficiaria sometido a la legislación española, que presta sus servicios en el país donde se ejecuta la intervención y cuyas funciones y tareas están directamente relacionadas con aquélla. Debe de existir una relación contractual.

a.5) Viajes, alojamientos y dietas. Se refieren a los gastos vinculados a la movilidad del personal y de la población beneficiaria, necesarios para la ejecución de la intervención, e incluyen combustible, seguros y
mantenimiento de vehículos que estén identificados en la formulación de la intervención y vinculados a ésta.

a.6) Funcionamiento, se trata de gastos corrientes (electricidad, agua, comunicaciones, y mantenimiento entre otros) en la zona de intervención, hasta un máximo del 3% del importe total subvencionado.

a.7) Identificación y evaluación; se considerarán subvencionables los derivados directamente de la identificación, en este caso se podrán aplicar gastos realizados hasta seis meses previos a la publicación de
esta convocatoria. Asimismo, serán subvencionables los gastos derivados de la evaluación.

b) Gastos Indirectos.
Se podrá aplicar a la subvención un importe igual o inferior al 10% de la misma, en concepto de costes indirectos del proyecto, entendiéndose por éstos los gastos administrativos propios del funcionamiento regular de la Entidad Solicitante en Navarra.

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas y carecer de ánimo de lucro. Deberán estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el Registro de Asociaciones del Gobierno
de Navarra o en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo.

b) Tener su sede social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Tener estructura, experiencia y organización suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales.

d) Contar con un socio o contraparte local en la zona donde se vaya a realizar el proyecto que deberá ejecutar materialmente el mismo.

e) No podrán obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 95
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento