Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.

Código de ayuda:

S36773/21

Norma:

Orden de 7 de julio de 2021. Resolución de 9 de agosto de 2021. Resolución de 17 de noviembre de 2021. Orden de 16 de diciembre de 2022. Resolución de 27 de diciembre de 2022. Acuerdo de 25 de enero de 2023. Resolución de 6 de mayo de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de junio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2024 las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía, al amparo de la Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a
impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.

Las subvenciones tienen por objeto promover, en el ámbito del comercio y de la artesanía, el asociacionismo y las relaciones de cooperación entre las empresas, como medio para obtener ventajas que repercutan en la mejora de la competitividad de los sectores del comercio minorista y la artesanía respectivamente.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo subvencionable para el desarrollo de actuaciones de la línea 1 asciende a 40.000 € y de las líneas 2 y 3 a 50.000 €. para aquellos proyectos a desarrollar en municipios de hasta 50.000 habitantes y a 40.000 euros para municipios de más de 50.000 habitantes.

El importe máximo subvencionable dedicado a costes directos e indirectos de personal para el desarrollo de las actuaciones será como máximo de 20.000 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Entidades asociativas de comerciantes, ya sea bajo la figura de asociación, federación, confederación o unión de asociaciones, que podrán solicitar subvención para las actuaciones de las líneas 1 y 2.

b) Las entidades promotoras de Centros Comerciales Abiertos que cuenten con el reconocimiento de la Administración de la Junta de Andalucía, que podrán solicitar subvención para las actuaciones de las líneas 1 y 2. A los efectos de estas subvenciones se consideran Centros Comerciales Abiertos reconocidos por la Administración de la Junta de Andalucía aquellos que a la fecha de la convocatoria cuenten con un reconocimiento en vigor, obtenido conforme al procedimiento establecido en la Orden de 6 de julio de 2021, por la que se establece la regulación del procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía, o norma que la sustituya.

c) Entidades asociativas de artesanos y artesanas, ya sea bajo la figura de asociación, federación, confederación o unión de asociaciones, que podrán solicitar subvención para las actuaciones de las Líneas 1 y 3. Por asociación de artesanos y artesanas se entiende aquella asociación profesional constituida legalmente, cuyos estatutos incluyen como objeto principal, el fomento y defensa de la artesanía y cuyos miembros tengan la consideración de artesanos o artesanas individuales o empresas artesanas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, o a través de su inscripción en otros registros de idénticas finalidades de otros ámbitos territoriales.

Las Federaciones, Confederaciones o Uniones de asociaciones de artesanos y artesanas, habrán de estar integradas por al menos tres asociaciones de artesanos y artesanas que cumplan con la anterior definición.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea 1. Actuaciones dirigidas a promover el asociacionismo y a fortalecer las relaciones de cooperación entre las empresas comerciales o artesanas pertenecientes a la asociación.

b) Línea 2. Actuaciones de dinamización y promoción del comercio minorista, tanto en espacios comerciales abiertos como en mercados ambulantes o mercados de abastos diseñadas en el marco de un proyecto de incentivación al consumo.

c) Línea 3. Actuaciones de fomento y promoción de la artesanía.

Documentos asociados

Boletín: 13/07/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 17/08/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 157
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/08/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 157
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/11/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 227
Documento: Redistribución de Créditos Descargar Documento
Boletín: 22/12/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 244
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 30/12/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 249
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/01/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 20
Documento: Ampliación Plazo (convocatoria 2023) Descargar Documento
Boletín: 22/06/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 118
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 13/05/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 91
Documento: Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/05/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 91
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento