Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería.

Código de ayuda:

S16528/24

Norma:

Orden de 10 de julio de 2024. Orden de 30 de julio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los programas subvencionados irán destinados a cubrir las necesidades específicas dirigidas a la atención de las personas en situación o riesgo de pobreza y/o exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los siguientes ámbitos de actuación:

1.- Infancia, adolescencia y juventud.

2.- Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género.

3.- Personas mayores.

4.- Personas con discapacidad.

5.- Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.

6.- Comunidad gitana.

7.- Urgencia e inclusión social.

8.- Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.

9.- Intervención del voluntariado.

10.- Personas migrantes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las federaciones, confederaciones o personas jurídicas similares, cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los mencionados ámbitos de actuación. Asimismo, las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito supraprovincial de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Línea 2. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Línea 4. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito provincial de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y del Impuesto sobre Sociedades

Documentos asociados

Boletín: 16/07/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 137
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Boletín: 02/08/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 150
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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