Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a acciones culturales y actividades dirigidas a los descendientes de los andaluces y andaluzas afectados por procesos de inmersión lingüística, que promuevan el mantenimiento, promoción y difusión de sus raíces culturales y lingüísticas, realizadas por Comunidades Andaluzas y sus Federaciones, asentadas en el exterior.

Código de ayuda:

S22464/20

Norma:

Orden de 29 de mayo de 2020. Orden de 4 de agosto de 2020. Orden de 15 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de octubre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar las actividades culturales a realizar por las Comunidades Andaluzas en el Exterior y sus
Federaciones, destinadas a sus programas y actividades, que permitan evitar en los descendientes de los
andaluces y andaluzas afectados por procesos de inmersión lingüística un abandono paulatino de sus raíces,
y /o cualquier otra actividad que colabore con el mantenimiento y difusión de la cultura, valores y
tradiciones de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Junta De Andalucía Consejería De La Presidencia y Administración Local (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1.- Las Comunidades Andaluzas.

2.- Las Federaciones y Coordinadoras de Comunidades Andaluzas.

3.- Las Entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas que realicen acciones dirigidas a promocionar o difundir la cultura andaluza, en colaboración con las Comunidades Andaluzas y en apoyo de éstas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Todas las actividades estarán dirigidas a los descendientes de los andaluces y andaluzas en el exterior en territorios con lengua oficial distinta al castellano o con otra cooficial con el castellano y seránrealizadas en castellano:

1. Actividades orientadas a la protección de los valores culturales andaluces, así como actividades
que promuevan el reconocimiento y uso de la modalidad lingüística andaluza, en sus diferentes hablas.

2. Actividades de carácter didáctico y divulgativo, edición de libros, publicación de revistas, cursos,intercambios, conferencias y programas audiovisuales, que faciliten el conocimiento de la cultura, la historia, la economía, las costumbres, las tradiciones y la realidad de Andalucía.

3. Programas y actividades para la promoción de la cultura andaluza, y que potencien la participación
de personas jóvenes, como son :

• Concursos de redacción sobre la cultura y las tradiciones de Andalucía, así como de su realidad física,la Historia y las figuras andaluzas destacadas a lo largo de la Historia.

• Actividades de lectura comunitaria de clásicos andaluces.

• Concursos y actividades teatrales basados en textos de autores andaluces.

• Premios relacionados con actividades en redes sociales con Andalucía como objeto central.

• Realización de contenidos y material audiovisual sobre la cultura andaluza por jóvenes creadores andaluces en el exterior.

• Actividades relacionadas con el cante y el baile tradicional andaluz realizado por jóvenes.

• Actividades de recuperación de la memoria cultural de los pueblos y ciudades andaluces de procedencia.

• Recuperación de juegos infantiles tradicionales de origen andaluz.

4. Proyectos conjuntos promovidos por una o más Comunidades Andaluzas con otras de su mismo carácter,
que cooperen en un mismo ámbito territorial, en las actividades descritas en los puntos anteriores.

Requisitos:

Para las Comunidades Andaluzas y Federaciones,estar inscritas como Comunidades Andaluzas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas y conforme a lo establecido en la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el mundo, en demarcaciones de territorios con lengua oficial distinta al castellano o con otra cooficial con el castellano.

Para las Entidades sin ánimo de lucro, referenciadas en el apartado 4.a).1.º.3, el estar legalmente constituidas e inscritas en el registro que corresponda en función de su naturaleza jurídica y tener domicilio social en Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 105
Documento: Bases Reguladoras 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/09/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 172
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/09/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 172
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/12/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 244
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 15/02/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 31
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento