Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción regulados en la Orden de 18 de octubre de 2016.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S21064/23

Norma:

Resolución de 5 de abril de 2023. Orden de 18 de octubre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es compensar económicamente la prestación de los servicios de interés económico general desarrollados por las entidades beneficiarias, y con ello su viabilidad, mediante la concesión de incentivos dirigidos a financiar las Unidades de Orientación Profesional que integran la Red Andalucía Orienta, para la prestación del servicio de orientación profesional con el fin de promover la inserción laboral de las personas demandantes de empleo inscritas como desempleadas en el Servicio Andaluz de Empleo a través de la orientación y el asesoramiento especializado y personalizado acerca de su elección profesional, cualificación y necesidades u opciones formativas, búsqueda de empleo, creación de su propio empleo y posibilidades reales de inserción laboral y empleo.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Porcentaje máximo de la subvención: 100%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro, las Corporaciones Locales, las Universidades y otras entidades de Derecho
Público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Prestación del servicio de orientación profesional en las Unidades de la Red Andalucía Orienta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden de 26 de septiembre de 2014, por la que se desarrollan los programas de orientación profesional, itinerarios de inserción y acompañamiento a la inserción regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril.

Los proyectos subvencionados tendrán una duración máxima de 24 meses, contados desde la fecha que se indique en la resolución de concesión. La prestación del servicio de orientación se iniciará en un plazo máximo de 45 días desde la fecha del inicio del proyecto y, una vez validada la ficha técnica de la unidad, según lo dispuesto en el artículo 8.1 c) de la Orden de 26 de septiembre de 2014.

Requisitos:

Las entidades solicitantes deberán reunir, junto con los requisitos generales establecidos en el artículo 3.3, los siguientes:

a) No haber sido condenadas por sentencia firme o sancionadas por resolución administrativa firme, en los últimos tres años, por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, discriminaciones directas o indirectas en el ámbito laboral, o en materia de género.

b) En el supuesto de solicitar subvención para la atención a personas con discapacidad o personas con riesgo de exclusión, las entidades deberán contener en sus Estatutos como fin social la atención a los citados colectivos o bien acreditar documentalmente la experiencia en dicha atención de los últimos 4 años.

Documentos asociados

Boletín: 24/10/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 204
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/04/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 71
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/04/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 71
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento