Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva al desarrollo de proyectos y a la produccion de obras audiovisuales en Andalucia.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S42419/11

Norma:

ORDEN de 27 de julio de 2011. RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de Subvenciones al desarrollo de proyectos y producción de obras audiovisuales para el ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) 1. Subvenciones al desarrollo de proyectos de largometraje cinematográfico de ficción: Hasta el 50% del coste del desarrollo y con un máximo de 85.000 euros por proyecto. Para los largometrajes cinematográficos de animación el máximo será de 100.000 euros por proyecto.

2. Subvenciones al desarrollo de proyectos de largometraje televisivo de ficción: Hasta el 50% del coste del desarrollo y con un máximo de 40.000 euros por proyecto. Para los largometrajes televisivos de animación el máximo será de 48.000 euros por proyecto.

3. Subvenciones al desarrollo de proyectos de largometraje cinematográfico o televisivo de documental: Hasta el 50% del coste del desarrollo y con un máximo de 40.000 euros por proyecto.

4. Subvenciones al desarrollo de proyectos de unidades de documental: Hasta el 50% del coste del desarrollo y con un máximo de 20.000 euros por proyecto.

5. Subvenciones al desarrollo de proyectos de series de documental o animación: Hasta el 40% del coste del desarrollo y con un máximo de 30.000 euros por proyecto para series de documental. Para las series de animación, el máximo será de 50.000 euros por proyecto.

b) 1. Subvenciones sobre proyecto para la producción de cortometraje: Hasta el 50 % del coste de la producción y con un máximo de 30.000 € por proyecto. Para cortometrajes de animación la cantidad máxima será de 45.000 € por proyecto.

2. Subvenciones a cortometraje realizado: Hasta el 75% de la inversión del productor y con un máximo de 30.000 € por cortometraje.

Las ayudas sobre proyecto y a cortometraje realizado son compatibles y la suma de ambas no podrá superar los 45.000 € por cortometraje. Si el cortometraje es de animación, el máximo de las dos ayudas será de 60.000 €.

c) Porcentaje máximo de la subvención: 25% del coste de producción.

Cuantía máxima de la subvención: 75.000 €.

d) 1. Subvenciones a la producción de largometrajes cinematográficos de ficción: Hasta un 25% del coste de la producción y con un máximo de 300.000 euros por proyecto. Para largometrajes cinematográficos de animación el máximo será de 360.000 euros por proyecto.

2. Subvenciones a la producción de largometrajes televisivos de ficción: Hasta un 25 % del coste de la producción y con un máximo de 150.000 euros por proyecto. Para largometrajes televisivos de animación el máximo será de 180.000 euros por proyecto.

3. Subvenciones a la producción de largometrajes cinematográficos o televisivos de documental: Hasta un 25 % del coste de la producción y con un máximo de 150.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas independientes establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo siempre que se comprometan a abrir un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el caso de concesión de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvenciones al desarrollo de obras audiovisuales.

1) Desarrollo de proyectos de largometraje cinematográfico o televisivo de ficción.

2) Desarrollo de proyectos de largometraje cinematográfico o televisivo de documental.

3) Desarrollo de proyectos de unidades de documental.

4) Desarrollo de proyectos de series de documental o series de animación.

b) Subvenciones a la producción de cortometrajes.

1) Producción de cortometrajes.

2) Cortometrajes realizados.

c) Subvenciones a la producción de unidades de documental.

1) La producción de unidad de documental.

d) Subvenciones a la producción de largometrajes.

1. Producción de largometrajes cinematográficos o televisivos de ficción.

2. Producción de largometrajes cinematográficos o televisivos de documental.

Requisitos:

1. Ser empresario de producción audiovisual, sean personas físicas o jurídicas, inscritos en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA del Ministerio de Cultura, en las secciones 1.ª o 9.ª, o en su caso, en el que se pueda crear como Registro de la Administración de la Junta de Andalucía con una trayectoria profesional de, al menos, dos años. Si las entidades fueran de nueva creación, este cómputo se aplicará a la trayectoria profesional de los miembros directivos de las mismas.

2. Las empresas de producción deberán tener como mínimo un acuerdo o contrato con un guionista para desarrollar el proyecto.

3. En el caso que el proyecto se realice en coproducción, el beneficiario deberá tener una titularidad de al menos el 30% del mismo. En todas las coproducciones deberá aportarse una copia compulsada del contrato de coproducción y, en caso de que no conste en el mismo, declaración jurada por el beneficiario de las aportaciones de cada coproductor y su cuantificación.

Documentos asociados

Boletín: 29/08/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/04/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 69
Documento: Modificación Descargar Documento