Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos teatrales de sala y de calle de carácter profesional para el periodo 2026-2029.

Código de ayuda:

S02837/26

Norma:

Resolución CLT/206/2026, de 21 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de febrero de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollo de proyectos teatrales de sala y de calle de carácter profesional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Máximo de un 50% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas, tanto si son personas físicas como jurídicas, que desarrollen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito del teatro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal de la empresa solicitante y los correspondientes a la contratación de empresas personas físicas que de servicio al desarrollo de proyectos teatrales durante la temporada 2026-2027 y las dos posteriores (honorarios o facturas de la dirección artística, del personal de gestión, del personal de comunicación y difusión, entre otros).

b) Los costes indirectos de la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con los principios y las normas de contabilidad generalmente admitidos y, en todo caso, en la medida en que estos costes correspondan al periodo en el que efectivamente se lleva a cabo la actividad.

c) Los solicitantes que sean empresas que sean empresas personas físicas que lleven a cabo tareas de desarrollo podrán imputar como gastos propio subvencionable, como máximo, el 20% del presupuesto del gasto directo subvencionable.

d) El gasto derivado de la contratación de los servicios de auditoría para elaborar la cuenta justificativa con informe de auditor.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9569
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/02/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9595
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento