Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las escuelas-hogar para facilitar la escolarizacióndel alumnado cuyas situaciones personales o familiares aconsejen su acogida en régimen de familia sustitutoria, para el curso escolar 2022/23.

Código de ayuda:

S14364/20

Norma:

Orden de 2 de abril de 2020. Resolución de 8 de mayo de 2020. Resolución de 29 de abril de 2021. Resolución de 29 de marzo de 2022. Resolución de 9 de marzo de 2023

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes subvenciones tienen por objeto incentivar a escuelas-hogar para facilitar la escolarización del alumnado de educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y programas específicos de formación profesional, cuyas situaciones personales o familiares aconsejen su acogida en régimen de familia sustitutoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Educación y Deporte (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Escuelas-hogar existentes a la entrada en vigor de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, e inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Consejería competente en materia de educación, que se encuentran en dicho Registro con el estado “En funcionamiento”.

Requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Estar inscrito en el Registro de Centros Docentes de la Consejería competente en materia de educación.

c) Que, de acuerdo con el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica
del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todas las personas, contratadas, voluntarias o colaboradoras de la escuela-hogar cuya profesión, oficio o actividad implique contacto habitual con menores, acrediten ante la persona que represente a la entidad titular de la escuelahogar, con la aportación de la correspondiente certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales, no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

d) Disponer de las instalaciones idóneas para la acogida del alumnado residente en régimen de familia
sustitutoria.

e) Tener experiencia demostrada en los últimos 10 años en la atención de alumnos y alumnas mediante la
acogida en régimen de familia sustitutoria.

f) Cumplir los requisitos referidos a las condiciones higiénicas, de habitabilidad, seguridad y sobre la
alimentación que se señalan en Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre , por el que se establecen las
normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, en el Real Decreto
109/2010, de 5 de febrero , por el que se modifican diversos reales decretos en materia sanitaria para su
adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y en las demás disposiciones legales vigentes que le sean de aplicación.

g) Presentar un proyecto en el que se formulen de manera clara y precisa los objetivos del programa de
actuación. El proyecto contendrá al menos los siguientes extremos: ratio de personal contratado de acuerdo con su clasificación profesional en relación con el número de alumnos y alumnas; tipo de servicio de comedor atendiendo a su línea de producción; horario de actividades y servicios.

h) Presentar un presupuesto y la adecuación del mismo a los objetivos y actividades propuestas en el
proyecto al que se refiere el apartado 4.a).2º.g).

i) Aceptar expresamente el compromiso de cumplimiento de los procedimientos que se determinen para el
seguimiento, coordinación y establecimiento de un sistema de información, así como para la supervisión y
la inspección de las actuaciones llevadas a cabo con el alumnado.

Documentos asociados

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