Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la creación escénica.

Código de ayuda:

S07464/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2020. RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de marzo de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por Agadic para contribuir a la promoción de la producción de la actividad escénica, dentro del marco de las competencias de este organismo, y proceder a su convocatoria para el año 2020.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas (autónomas) o jurídicas, así como las sociedades civiles y comunidades de bienes –o cualquier otra agrupación de personas sin personalidad jurídica propia–, así como las uniones temporales de empresas, dedicadas profesionalmente a la producción de actividad escénica, que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia. Quedan exceptuadas las asociaciones y restantes entidades sin fines de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Modalidad 1: subvenciones a la creación de espectáculos de empresas de nueva creación, con una dotación máxima de 70.000 euros.

– Modalidad 2: subvenciones a la creación escénica en el ámbito del teatro, nuevo circo y magia, con una dotación máxima de 430.000 euros.

– Modalidad 3: subvenciones a la creación escénica en el ámbito danza y artes del movimiento, con una dotación máxima de 100.000 euros.

En el caso de las modalidades 1, 2 y 3 el estreno deberá ser entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021.

– Modalidad 4: subvenciones a la actividad escénica de carácter trianual, con una dotación máxima de 200.000 euros. Estas ayudas van dirigidas a subvencionar, como máximo, dos proyectos escénicos a desarrollar durante los años 2020-2022. Los proyectos deberán contener por lo menos una producción con fecha de estreno entre el 1 de abril de 2020 y el 1 de enero de 2022 y un plan de gira de 70 funciones que contemplen tanto el mercado gallego como el exterior.

Documentos asociados

Boletín: 20/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 35
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/02/2020
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Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/08/2020
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Documento: Modificación plazo justificación Descargar Documento