Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la Inversión para la modernización y gestión sostenible de infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía.

Código de ayuda:

S68519/21

Norma:

Resolución de 29 de diciembre de 2021. Resolución de 27 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de febrero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos de inversión para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de los espacios escénicos de Andalucía que tengan una programación continuada en cuanto a la exhibición de espectáculos de artes escénicas, música y flamenco.

Las infraestructuras que podrán ser motivo de inversión son: teatros, salas de teatro, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo y otros espacios que pueda justificar su uso y programación en artes escénicas, música y flamenco.

Las ayudas se destinarán a la modernización digital, transición verde y transformación de los espacios escénicos y musicales fomentando una gestión inteligente y sostenible.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas a la inversión para la modernización y gestión sostenible de infraestructuras de artes escénicas y musicales en Andalucía, las personas físicas o jurídicas, públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, que tengan domicilio fiscal o establecimiento permanente en Andalucía, siempre que concurran en las mismas los requisitos que se establecen en el apartado 4.a.2.º, al menos, durante el periodo establecido en el apartado 4.b) del cuadro resumen.

Documentos asociados

Boletín: 28/12/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 94-Ext
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 28/12/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 94-Ext
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 12/01/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 7
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento