Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades que llevan a cabo actividades relacionadas con la igualdad de derechos, reconocimiento, oportunidades y participación en el ámbito de las migraciones y el refugio, sublíneas F1, F2, F3, F5, F6 y F8 de la línea F de la Orden IFE/59/2025, de 11 de abril, para los ejercicios 2025 y 2026.
Código de ayuda:
S23573/25Norma:
Resolución DSI/2863/2025, de 17 de julio. Orden IFE/59/2025, de 11 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de agosto de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir la convocatoria para conceder subvenciones de las actividades de las sublíneas F1, F2, F3, F5, F6 y F8 de la línea F, correspondiente al Programa para la igualdad de derechos, reconocimiento, oportunidades yparticipación en el ámbito de las migraciones y el refugio para los ejercicios 2025 y 2026.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Derechos Sociales e Inclusión (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Se pueden acoger a las subvenciones que prevé esta Orden las entidades y federaciones de entidadesconstituidas legalmente que no tengan ánimo de lucro y que desarrollen sus actividades de manera real y
efectiva en el ámbito de Cataluña.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas, inscritas en el registro o haber solicitado la inscripción dentro del plazo de solicitud de la subvención.b) Ser entidades sin ánimo de lucro y operar de manera efectiva en Cataluña.
c) No haber sido sancionadas ni condenadas por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género, y cumplir las leyes de igualdad y contra la violencia y discriminación.
d) No encontrarse en las situaciones que impiden obtener subvenciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003, incluyendo delitos sexuales o trata de personas (requiere certificado negativo del Registro de Delincuentes Sexuales).
e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o tener deudas debidamente aplazadas.
f) Atender en las lenguas oficiales de Cataluña y usar el catalán en señalización y documentación para el público.
g) No haber sido sancionadas por infracciones graves o muy graves en integración laboral de personas con discapacidad, relaciones laborales o seguridad y salud, o haber corregido dichas sanciones.
h) (Para entidades de ≥ 50 empleados) Tener plan de igualdad y medidas contra la violencia hacia personas LGBTI.
i) Para entidades de ≥ 50 empleados: Cumplir con el 2% de empleo de personas con discapacidad o aplicar medidas alternativas.
j) Para entidades de ≥ 25 empleados: Disponer de protocolos para prevenir y actuar ante el acoso sexual y por razón de sexo.
k) Asociaciones: Elaborar y hacer públicas las cuentas anuales.
l) Fundaciones: Presentar las cuentas anuales ante el protectorado.
m) Asociaciones y fundaciones: Adaptar los estatutos según la Ley 4/2008.
n) Cumplir la normativa de propiedad intelectual en las actividades subvencionadas.
o) Informar sobre otras ayudas públicas o privadas solicitadas u obtenidas para la misma actividad.
p) Actividades con menores: Asegurar que el personal no haya sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual (requiere certificado).
Documentos asociados
Boletín:
15/04/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9393
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9393
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
24/07/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9461
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9461
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento