Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas de base tecnológica lideradas por mujeres.

Código de ayuda:

S50037/20

Norma:

ORDEN PDA/161/2020, de 22 de septiembre. RESOLUCIÓN PDA/790/2021, de 12 de marzo. ORDEN VPD/40/2022, de 11 de marzo. RESOLUCIÓN VPD/2479/2022, de 27 de julio. RESOLUCIÓN EMT/3952/2023, de 24 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad es dar apoyo al crecimiento y la consolidación de empresas emergentes de base tecnológica, con presencia de mujeres en su equipo fundador, que estén en la fase inicial de su actividad empresarial.
Esta actuación pretende subvencionar proyectos de validación de tecnología y modelo de negocio, de
lanzamiento de nuevos productos al mercado o la aceleración del crecimiento de la empresa y puesta en
marcha de proyectos para acceder a rondas de financiación.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las empresas o empresas emergentes que cumplan los requisitos.

Requisitos:

Requisitos para el equipo:

- Deber haber como mínimo una mujer en el equipo fundador (debe ser una persona física con participación
accionarial en la empresa y que desarrolle alguna área de responsabilidad en la compañía). Debe tener un
mínimo de un 50% de la compañía en acciones escrituradas. No será necesario que la mujer ocupe la posición de CEO, pero sí que debe formar parte del equipo directivo de la empresa.

- El equipo fundador debe estar comprometido con el crecimiento de la empresa y dedicar la mayor parte del tiempo de trabajo a la empresa (en la memoria se deberá hacer constar las horas dedicadas a la empresa).

El cumplimiento de estos requisitos se hará constar en la memoria.

Requisitos para la empresa:

- Ser una compañía establecida en Cataluña con más de un año y menos de tres años de vida desde su
constitución. Este requisito se debe cumplir en el momento de la publicación de la convocatoria y se deberá hacer constar en la memoria.

- Estar constituida según alguna de las formas jurídicas siguientes: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral o sociedad cooperativa. Esta información se deberá hacer constar en la memoria.

- Ser una compañía con potencial de crecimiento de base tecnológica. Este requisito se debe acreditar en la memoria con un plan de negocio que explique el potencial de crecimiento (clientes, mercados, tecnología, etc.).

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8233
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 23/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8371
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Boletín: 18/03/2022
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