Subvenciones en materia de turismo, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC 2023-2027).

Código de ayuda:

S02100/26

Norma:

Orden de 15 de enero de 2026. Orden de 1 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de febrero de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es apoyar inversiones en zonas rurales que fomenten la competitividad de las playas de Andalucía, diversifiquen su oferta turística, contribuyan a la adaptación al cambio climático y reduzcan el impacto ambiental en el litoral andaluz.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será del 100%, 85% o 70% del coste de la iniciativa dependiendo de la población del municipio, con un importe máximo de subvención de 500.000,00 euros por entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Municipios y Entidades Locales Autónomas del litoral andaluz.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Restauración de infraestructuras turísticas del litoral que permitan la eliminación o el templado del tráfico en zonas próximas a las playas o paseos marítimos.

2. Restauración de accesos a playas y actuaciones para la protección de elementos integrantes del dominio público marítimo-terrestre y demás trabajos que permitan asegurar la sostenibilidad de la costa.

3. Acondicionamiento de las infraestructuras para la mejora de la accesibilidad de las playas del litoral, priorizando las dirigidas a personas con discapacidad o movilidad reducida.

4. Bienes muebles destinados a la mejora de la accesibilidad de zonas del litoral (adaptación de espacios para personas con discapacidad; mejora de la señalización, priorizando las dirigidas a la accesibilidad cognitiva...) que aseguren la comprensión y orientación en el entorno y la información de aquellas personas que puedan mostrar dificultades en la adaptación a los entornos; entre otros.

5. Bienes muebles destinados a la mejora de la seguridad del litoral.

6. Actuaciones que contribuyan o estén relacionadas con la limpieza e higiene del litoral.

7. Actuaciones basadas en la reutilización del agua, consistente en su tratamiento y posterior reutilización proveniente de fuentes distintas de la red potable (mar, residuales, duchas, condensación de agentes frigoríficos o similares). Se incluyen en este punto, entre otros, sistema de recuperación de agua, sistemas con fuentes alternativas viables de abastecimiento (recuperación de pluviales, potabilización de agua del mar o similares) que complementen la necesidad de agua para usos relacionados con infraestructuras turísticas del litoral.

8. Actuaciones que reduzcan el caudal de agua en infraestructuras turísticas existentes que, como consecuencia de ello, comporten un ahorro de agua en el conjunto de las instalaciones que presten un determinado servicio (ej.: sistemas de ahorro y eficiencia en riego en paseos marítimos u otras zonas del litoral, sistemas digitales de gestión para conocer el consumo de agua en instalaciones con el objeto de aplicar medidas de ahorro o similares, etc).

9. Actuaciones dirigidas a la sustitución de especies vegetales en jardines y otras zonas verdes del litoral por variedades de bajo consumo hídrico, adaptadas a las condiciones climáticas locales. Esto incluye, entre otras medidas, la conversión de céspedes en praderas de especies autóctonas resistentes a la sequía, la incorporación de cubiertas vegetales que reduzcan la evaporación del agua y la utilización de técnicas de xerojardinería para minimizar el uso de recursos hídricos.

10. Proyectos de mejora de la eficiencia energética en infraestructuras turísticas del litoral.

11. Adquisición de equipamientos para zonas del litoral, que coadyuven a la consecución, entre otros, de distinciones de calidad y medioambientales.

12. Creación y mejora de senderos destinados al uso no motorizado, rutas en torno a sendas y caminos, y puesta en valor de vías verdes. Estas actuaciones serán subvencionables siempre que el trazado discurra junto a la/s playa/s del municipio o tenga una vinculación directa con las mismas.

Requisitos:

a) Comprender un territorio o superficie que no esté clasificado como densamente poblado según la Metodología de Urbanización de la Comisión (DEGURBA). A estos efectos se considerarán municipios densamente poblados aquellos clasificados como «ciudad» según el grado de urbanización establecido por el Sistema de Información Multiterritorial de Andalucía (SIMA).

b) En el caso de los municipios clasificados como densamente poblados según el apartado anterior, la actuación deberá realizarse necesariamente en una zona rural. Se considerará como tal la superficie cuyo uso asignado en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) sea distinto de «zona urbana» o las zonas urbanas (ZU) que no sean centros de población principales (pedanías o núcleos similares).

c) En aplicación de lo dispuesto en el apartado 4.d) del cuadro resumen, se exceptúa la prohibición de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como la de hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

d) Disponer de los fondos propios necesarios para la cofinanciación de la actividad en los porcentajes establecidos en el apartado 8.a) del cuadro resumen, en función de la población del municipio (30% para municipios de más de 100.000 habitantes; 15% para municipios entre 20.001 y 100.000 habitantes; y sin exigencia de aportación para municipios de hasta 20.000 habitantes).

Documentos asociados

Boletín: 05/12/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 236
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/01/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 16
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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