Subvenciones en materia de transformacion y comercializacion de productos de la pesca, para el año 2014.

Código de ayuda:

S05355/14

Norma:

ORDEN de 12 de febrero de 2014. Decreto 136/2013 de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/03/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones destinadas a la transformación y comercialización de los productos de la pesca, para el año 2014, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente y en la Orden de 2 de noviembre de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de transformación y comercialización de los productos de la pesca para el periodo 2007-2013 financiadas por el Fondo Europeo de la Pesca (en lo sucesivo, la orden de bases reguladoras).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

De acuerdo con el artículo 5.2 y el anexo II del Reglamento (CE) número 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, la cuantía máxima de la ayuda en forma de subvención de capital con cargo a los presupuestos del FEP, más las aportaciones de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, no podrá exceder del 40% del importe de las inversiones subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que sean responsables finales de las inversiones y gastos que se consideren auxiliables en empresas del sector pesquero, cuya inversión se realice dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y que acrediten la viabilidad económica de la empresa y el cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y salud pública y cumplan el resto de requisitos establecidos en el citado precepto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Conforme a lo previsto en el artículo 3 de la orden de bases reguladoras, podrán ser objeto de subvención las inversiones destinadas a ayudar a la construcción, ampliación, equipamiento y modernización de empresas que se realicen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuya viabilidad económica quede debidamente demostrada.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 156
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento