Subvenciones en materia de servicios sociales para adquisicion, construccion, Amortizacion de prestamos, remodelacion o equipamiento de centros que presten servicios sociales de atencion primaria.

Código de ayuda:

S24255/09

Norma:

Orden de 17 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas a Entidades Locales para:

a) La adquisición, construcción, remodelación o equipamiento de centros que presten servicios sociales de atención primaria.

b) La financiación de gastos de amortización en la cuantía que se determine del principal de préstamos suscritos para adquisición, construcción, remodelación o equipamiento de inmuebles destinados o a destinar a los centros citados, siempre que la adquisición, construcción o remodelación se haya producido dentro de los últimos diez años.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales que realicen las actividades que fundamentan la con cesión de la Subvención.

Requisitos:

a) No estar incurso en las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma y frente al Estado, lo que se podrá acreditar mediante la presentación de declaración responsable, según modelo que se adjunta como Anexo V.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social, lo que se acreditará igualmente mediante la declaración responsable a que se refiere el apartado anterior.

d) Deberán estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales o, en caso de carecer de dicha inscripción, deben haber solicitado dentro del plazo de solicitud de la subvención, su inscripción, así como la autorización previa o de funcionamiento, según corresponda, de los respectivos Centros y Servicios
Sociales para los que se solicita subvención. En todo caso, para la concesión deberán contar con la autorización correspondiente. De este requisito, quedarán exentas cuando la subvención se solicite para adquisición de local.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 71
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento