Subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social.

Código de ayuda:

S01928/22

Norma:

Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Resolución de 13 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de enero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar la convocatoria, en el marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y, específicamente, en relación con la inversión C02.I01 “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales”, incluida dentro del Componente 2 “Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana”, en los ámbitos de la rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, de las subvenciones de los siguientes programas:

Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (P3).

Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4).

Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5).

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas las que reunan los requisitos según el programa subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las actuaciones que se encuadren en alguno de los programas relacionados en el resuelvo anterior, siempre que cumplan los requisitos exigidos para cada uno de ellos en la presente convocatoria, así como en el Real Decreto 853/2021, dentro de las correspondientes disponibilidades presupuestarias, y que el inicio de las actuaciones subvencionables sea posterior al 1 de febrero de 2020.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 239
Documento: Real Decreto 853/2021 Descargar Documento
Boletín: 10/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 05
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 05
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) : Rehabilitación Vivienda Social Descargar Documento
Boletín: 10/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 05
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) : Rehabilitación Nivel Edif P3 Descargar Documento
Boletín: 10/01/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 05
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) : Eficiencia energética P4 Descargar Documento