Subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas, destinadas a la sustitución de ventanas, en 2020.

Código de ayuda:

S39164/20

Norma:

ORDEN VMV/1542/2017, de 9 de octubre. ORDEN VMV/658/2020, de 20 de julio. ORDEN VMV/652/2020, de 20 de julio. ORDEN VMV/1087/2020, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Telemática: Hasta el 30 de septiembre de 2020. Presencial: Hasta el 1 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Podrán ser objeto de subvención las obras de rehabilitación energética de viviendas individuales (unifamiliares y pisos) ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, consistentes en el cambio de ventanas de cerramientos exteriores, respondiendo a la doble finalidad de sustituir ventanas que no cumplen las condiciones de conservación ni son eficientes, por otras nuevas, de alta eficiencia energética.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Convoca:

Sin especificar ()

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será como máximo de 3.000 € por vivienda, sin superar el 30% del coste subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los propietarios, inquilinos o usufructuarios de viviendas familiares situadas en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actuación subvencionable consiste en la renovación de carpinterías y acristalamientos de huecos (ventanas y puertas balconeras o puertas-ventana) situados en los cerramientos exteriores de la vivienda, separando estancias o recintos calefactados del ambiente exterior, con el objetivo de mejorar su efciencia energética. Las nuevas ventanas deben cumplir los requisitos del artículo 3 de la convocatoria.

Será subvencionable:

- Desmontaje y retirada a vertedero de las ventanas que se sustituyen.

- Instalación de las nuevas ventanas.

- Ventanas, incluyendo carpintería (marco y premarco) y acristalamiento.

- Persianas: tanto independientes de la ventana como incorporadas a la carpintería de la misma, tipo mono-block, pero solo cuando incluyan aislamiento en el cajón y en la propia persiana.

Sistema: procedimiento simplifcado de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

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