Subvenciones para la prevención, sensibilización y erradicación de la violencia de género.

Código de ayuda:

S36973/21

Norma:

ORDEN PRI/812/2021, de 25 de junio. Orden PRI/998/2021, de 9 de agosto. Orden PRI/534/2022, de 20 de abril. Orden PIC/1135/2023, de 6 de septiembre. ORDEN PIC/385/2024, de 12 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de mayo de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectuar la convocatoria de subvenciones con destino entidades sin ánimo de lucro para la financiación de programas de prevención, sensibilización y erradicación de todas las formas de violencia ejercidas contra las mujeres y sus hijas e hijos, así como la atención de situaciones de exclusión social vinculadas a todas las formas de violencia ejercidas contra las mujeres y sus hijas e hijos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de esta convocatoria es de 175.000 euros, con cargo a los créditos presupuestarios de la partida 54010/G/3232/480491/91002, PEP 2007/000595 del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de la Mujer para el ejercicio 2024. La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 25.000 euros, conforme con el artículo 35 de la Orden PRI/812/2021, de 25 de junio. Para determinar la cuantía individualizada de la subvención se tendrán en cuenta los criterios objetivos de valoración del apartado décimo y el baremo del apartado duodécimo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Organizaciones, asociaciones, fundaciones y federaciones que impulsen y promuevan actividades de prevención, sensibilización y/o erradicación de comportamientos violentos contra las mujeres, sus hijas e hijos.

Se excluyen expresamente aquellas Entidades que no tengan su sede social o delegación en Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

De conformidad con el artículo 19 de la referida Orden, serán subvencionables:

a) Gastos relativos al material necesario para la ejecución del proyecto.

b) Gastos de desplazamiento y alojamiento. Los importes máximos que se podrán financiar en los viajes y alojamientos serán los mismos que los previstos en la normativa vigente para las indemnizaciones por razón de servicio al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el grupo 2, de conformidad con lo expuesto en el Plan de Racionalización del gasto del Gobierno de Aragón.

c) Gastos generados por personal contratado específicamente para la actividad objeto de la subvención que no permanezca con posterioridad en la plantilla de la entidad, por el tiempo que desarrolle la actividad.

d) Los gastos de personal propio de las entidades beneficiarias, dedicados al desarrollo y gestión del proyecto subvencionado que resulten imputables, por un importe no superior al 50% del coste final del proyecto.

e) Los costes indirectos que resulten imputables por un importe no superior al 10% del coste del proyecto (alquileres y suministros que no deriven de la sede social, salvo que en ésta se realicen las actuaciones o programas del proyecto, material de oficina…).

Requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Ser de utilidad pública o cumplir una función social.

c) Tener sede social o delegación en Aragón.

d) Desarrollar su actividad en la comunidad autónoma aragonesa.

Además, las entidades deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

Establecer mecanismos de control de la actuación, a través de la implantación de un sistema de control y evaluación de las actividades propias de la entidad, mediante indicadores que permitan medir el grado de cumplimiento de los objetivos.

Tener integrada en la entidad perspectiva de la igualdad de género, presente en la elaboración, ejecución de los proyectos.

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