Subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible de infraestructuras de artes escénicas y musicales y por el que se procede a su convocatoria, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Código de ayuda:

S69791/21

Norma:

Orden EDC/87/2021, de 28 de diciembre. Resolución 183/2022, de 20 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de febrero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las intervenciones en las infraestructuras estarán orientadas a la modernización digital, la transición verde y la transformación de los espacios escénicos y musicales, fomentando una gestión inteligente y sostenible.

Las ayudas para infraestructuras se circunscriben a teatros, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo, espacios escénicos y musicales de compañías de teatro, danza, música y circo y otros multidisciplinares.

Las subvenciones previstas, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estas subvenciones, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de veinticinco mil euros(25.000,00.-euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios, las entidades públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones
de carácter privado o público, dependientes o no de entidades locales, autonómicas o estatales.

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios las propias entidades autonómicas convocantes, pero sí las fundaciones u organismos públicos dependientes de las mismas, con personalidad jurídica propia.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2021
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 255
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/12/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 246
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 23/12/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 246
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/01/2023
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 16
Documento: Corrección de errores Descargar Documento