Subvenciones en materia de juventud para entidades y asociaciones juveniles durante el año 2007.

Código de ayuda:

S44564/06

Norma:

ORDEN de 2 de octubre de 2006. Decreto 222/2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de subvenciones con destino a Entidades y Asociaciones juveniles de la Comunidad Autónoma de Aragón para actuaciones en materia de Juventud, a realizar en el año 2007, con sujeción a las Bases incluidas en esta convocatoria.

A las actuaciones contempladas en la presente Orden les serán de aplicación las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Familia, Mujer y Juventud, contenidas en el Reglamento aprobado por Decreto 222/2005, de 25 de octubre.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Servicios Sociales y Familia (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Gastos susceptibles de financiación y cuantía máxima de la ayuda:

De los proyectos enumerados en la base segunda se considerarán gastos financiables:

a) Para los proyectos incluidos en el apartado 1.1. «Programas de actuación o intervención social dirigidas a la juventud »:
—Los gastos ordinarios derivados de la ejecución de las actividades previstas en el proyecto, tales como material fungible, publicidad, transporte, montaje de los actos u otros análogos.
—Los gastos del personal contratado específicamente para el desarrollo y gestión del proyecto subvencionado. Particularmente los gastos de personal no podrán superar en ningún caso más de un 50 por ciento del total del conjunto de gastos a justificar por la subvención concedida, salvo en el caso de los
proyectos presentados en las modalidades 1.1.a) en lo que respecta a gestión y coordinación de grandes asociaciones y 1.1.b), en los que podrá alcanzar el 80 por ciento.

b) Para los proyectos incluidos en el apartado 1.2 «Programas de infraestructuras para jóvenes»:
—Las obras nuevas o de adecuación y mejora de instalaciones.
—La compra de mobiliario, equipos y material inventariable para instalaciones destinados a los proyectos subvencionados, siempre y cuando así hayan sido explícitamente señalados en las resoluciones de subvención.

El importe total de la subvención concedida no podrá suponer en ningún caso más del 75 por ciento del coste total del proyecto finalmente realizado, debiendo presentarse a estos efectos justificación por la totalidad del proyecto realizado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar subvenciones con cargo al ejercicio presupuestario de 2007 las siguientes entidades:

a) Las Asociaciones y Entidades juveniles, o sus federaciones, legalmente constituidas sin ánimo de lucro, así como las secciones juveniles -que dispongan estatutariamente de autonomía funcional y organización propia- de asociaciones, con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón. Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el correspondiente Registro Público.
b) Las Escuelas de Animadores en el Tiempo Libre reconocidas legalmente al amparo del Decreto 101/1986, de 2 de octubre, para los fines que le son propios.
c) Las entidades titulares de Albergues Juveniles pertenecientes a la Red Aragonesa de Albergues Juveniles.
d) Las entidades no gubernamentales con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, para proyectos exclusivamente dirigidos a jóvenes, o con jóvenes voluntarios participantes en proyectos de cooperación al desarrollo.
e) Las Corporaciones Locales no radicadas en el ámbito territorial de las Comarcas constituidas.

Se excluye expresamente de esta convocatoria a las Entidades cuyo ámbito de actuación coincida con el de las circunscripciones de las Administraciones Comarcales que hayan asumido las competencias en materia de Juventud como consecuencia del proceso de transferencias de la Diputación General de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos dirigidos a la Juventud que se encuadren en alguno de los siguientes programas y modalidades:

1. Programas de actuación o intervención social dirigidos a la Juventud. Podrán ser objeto de subvención los proyectos que se encuadren en alguna de las siguientes modalidades:

a) Proyectos de información y asesoramiento: de fomento de la participación de jóvenes de programas de voluntariado social: de proyectos de voluntariado social dirigidos a la prevención de situaciones de marginación o desigualdad en ámbitos de juventud; de proyectos de dinamización y animación sociocultural encaminados a la promoción cultural, formación y el buen aprovechamiento del ocio y tiempo libre y proyectos de consolidación asociativa y mejora en la prestación de servicios de gestión y coordinación de grandes asociaciones o federaciones juveniles.
b) Proyectos de formación de monitores y directores de las Escuelas de Tiempo Libre.

2 Programas de infraestructuras para jóvenes. Se entenderán incluidos dentro de esta modalidad los proyectos orientados a la ejecución de obras de adecuación y mejora, así como a la adquisición de equipamientos y material inventariable en instalaciones destinadas al asociacionismo juvenil o a la prestación de servicios orientados específicamente a la Juventud.

Podrán ser objeto de subvención los proyectos que se encuadren en alguna de las siguientes modalidades:

Obras de adecuación y mejora de sedes sociales permanentes de asociaciones juveniles, equipamiento de sedes, o para la adquisición del material inventariable necesario para la prestación de servicios estables de la asociación.
Adecuación y mejora de las instalaciones residenciales (zonas campamentales, casas de colonias y similares) de ocio y tiempo libre, específicamente destinadas a la Juventud, gestionadas por asociaciones juveniles.
Adecuación o mejora de las instalaciones y los equipamientos de los Albergues Juveniles pertenecientes a la Red de Albergues Juveniles de Aragón.
Equipamientos de Escuelas de Tiempo Libre.

Para la ejecución de los proyectos seleccionados el Instituto Aragonés de la Juventud podrá celebrar los oportunos convenios de colaboración con las Entidades beneficiarias.

Requisitos:

El plazo límite para la presentación de justificantes será de dos meses, a contar desde la finalización de las actividades objeto de la ayuda, y en todo caso hasta el 20 de octubre de 2007, procediéndose de oficio a la anulación de aquellas subvenciones que no se hubieran justificado a dicha fecha.

Documentos asociados

Boletín: 09/11/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/11/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento