Subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de planes formativos dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S36664/16

Norma:

Orden HAC/41/2016, de 13 de septiembre de 2016. Orden HAC/45/2016, de 26 de septiembre de 2016. Resolución de 14 de octubre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas al desarrollo de la formación de oferta, para la ejecución de planes de formación intersectoriales/transversales y sectoriales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las Entidades de formación acreditadas en el certificado o certificados de profesionalidad para los que presenten solicitud en el Plan de formación o inscritas en las especialidades formativas objeto de la formación y consten como tales en el Registro Autonómico de Centros y Entidades de Formación del Servicio Cántabro de Empleo.

No obstante lo anterior las Entidades inscritas y/o acreditadas que constan como tales en el Registro Autonómico de Centros de formación del Servicio Cántabro de Empleo podrán solicitar, en el Plan de Formación, acciones formativas NO normalizadas y NO incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas. A tal efecto, el modelo de solicitud contendrá la declaración responsable referente a las acciones formativas mencionadas en este párrafo, lo que supondrá que dicha inscripción será de aplicación únicamente en el supuesto de que las mismas resulten aprobadas en el Plan de Formación y tendrá una vigencia limitada a la de la propia duración de su impartición.

Requisitos:

1.º Que estén en situación de alta en el Registro Autonómico de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Cantabria o del Servicio Público de Empleo Estatal, según que corresponda, en las correspondientes especialidades formativas a fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

2.º Que la solicitud de acreditación de alguna de las especialidades formativas vinculadas a certificados de profesionalidad, contenidas en el Catálogo de Especialidades Formativas esté pendiente de resolución en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, quedando supeditada la participación en la misma, a la obtención de la resolución positiva de la acreditación de las especialidades solicitadas, con carácter previo a la propuesta de resolución.

3.º Que presenten la solicitud de acreditación, simultáneamente a la solicitud de subvención, en el caso de que en el momento de presentar la solicitud de subvención no hayan solicitado la acreditación en la especialidad solicitada, quedando supeditada la participación en la misma, a la obtención de la resolución positiva de la acreditación de las especialidades solicitadas, con carácter previo a la propuesta de resolución.

b) En la formación no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad de uso general,
en modalidad presencial, las entidades de formación que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

1.º Que estén en situación de alta en el Registro Autonómico de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Cantabria o del Servicio Público de Empleo Estatal, según que corresponda, en las correspondientes especialidades formativas, a fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

2.º Que hayan presentado la correspondiente declaración responsable para impartir especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad de uso general, en fecha anterior a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, aun cuando no se hubiera procedido en ese momento a inscribir de oficio a la entidad de formación en el registro. Todo ello, sin perjuicio de la supervisión posterior del cumplimiento de los requisitos establecidos.

3.º Que presenten la declaración responsable simultáneamente a la solicitud de subvención, en el caso de que en el momento de presentar la solicitud de subvención no hayan presentado la declaración responsable sobre la especialidad solicitada. Todo ello, sin perjuicio de la supervisión posterior del cumplimiento de los requisitos establecidos.

c) En la formación específica, no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, referidas a planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, las entidades de formación que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

1.º Que en modalidad presencial estén en situación de alta en el Registro Autonómico de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Cantabria o del Servicio Público de Empleo Estatal, según que corresponda, y, en modalidad teleformación, estén en situación de alta en el Registro de Formación Profesional para el Empleo que corresponda, en las correspondientes especialidades formativas, a fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

2.º Que hayan presentado la correspondiente declaración responsable para impartir especialidades formativas específicas, no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad, referidas a
planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, en fecha anterior a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, aun cuando no se hubiera procedido en ese momento a inscribir de oficio a la entidad de formación en el registro. Todo ello, sin perjuicio de la supervisión posterior del cumplimiento de los requisitos establecidos.

3.º Que presenten la declaración responsable simultáneamente a la solicitud de subvención, en el caso de que en el momento de presentar la solicitud de subvención no hayan presentado la declaración responsable sobre la especialidad solicitada. Todo ello, sin perjuicio de la supervisión posterior del cumplimiento de los requisitos establecidos.

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