Subvenciones en materia de cultura y juventud para entidades sin ánimo de lucro de la Comarca del Bajo Cinca para el año 2005.

Código de ayuda:

S26100/05

Norma:

Bases del 19 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

30 días naturales desde la publicación de la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades culturales y actividades dirigidas a la juventud en el ámbito territorial de la Comarca del Bajo Cinca durante el año 2005.

La finalidad de la subvención será atender los gastos necesarios para el buen desarrollo del proyecto objeto de la subvención.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Otras

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Comarca del Bajo Cinca (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención concedida no podrá superar en ningún caso el 75% del coste total del proyecto realizado, debiendo presentarse a estos efectos justificación por la totalidad del proyecto realizado excluidos los impuestos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro constituidas y registradas legalmente con sede y actuación en los municipios de la Comarca del Bajo Cinca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables aquellos proyectos que se realicen en la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca, relacionados con las siguientes actuaciones:
- Actividades Culturales: música, teatro, imagen, artes plásticas, publicaciones, certámenes culturales, intercambios, encuentros y todas aquellas actividades dirigidas al fomento de la cultura.
- Actividades Juveniles: Proyectos de dinamización y animación sociocultural encaminados a la promoción cultural, la formación y el buen aprovechamiento del ocio y tiempo libre de los jóvenes, así como proyectos de voluntariado social.

Se entenderán incluidos los gastos relacionados con: Gastos de funcionamiento del proyecto subvencionado tales como: compra de material, personal que realiza la actividad.

No serán subvencionadas las actividades de carácter docente previstas en los planes de enseñanza reglados vigentes, actuaciones musicales correspondientes a fiestas y/o romerías, viajes lúdicos y todo tipo de comidas.

Quedan expresamente excluidos los siguientes gastos:
- Gastos de inversiones.
- Gastos de alquiler y viajes recreativos.
- Gastos de funcionamiento de la asociación o entidad no relacionados directamente con la actividad o proyecto subvencionado
- Todo tipo de comidas.
- Actividades con ánimo de lucro.
- Actividades que ya estén subvencionadas a través de otros programas de la comarca.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2005
BO Provincia de Huesca- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras 2005 Descargar Documento