Subvenciones en materia de cooperacion y desarrollo de paises de subdesarrolados.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S31446/13

Norma:

Santa Margalida, a 23 de julio de 2.013. Santa Margalida, 4 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Santa Margalida concederá durante el año 2013 para financiar y colaborar con los gastos ordinarios y las actividades y proyectos de cooperación y desarrollo que, personas físicas o entidades relacionadas con el término de Santa Margalida, organizan y desarrollan en países del Tercer Mundo, subdesarrollados o en vías de
desarrollo y que impulsen y promuevan el desarrollo de estos países y redunden en beneficio de los habitantes del lugar donde realizan las actividades de cooperación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Margalida (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de subvención será de 2.000,00.-€ por solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o entidades y asociaciones legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro que tengan alguna relación con el término de Santa Margalida y que tengan, entre
sus finalidades, el objeto de la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos ordinarios en que incurran las personas o entidades que participan en actividades de cooperación y desarrollo, así como las derivadas de las actuaciones y proyectos organizados y ejecutados durante el año 2013 por las personas y entidades relacionadas en la base tercera de esta convocatoria que, de forma indubitada, contribuyan a fomentar la participación con la cooperación y a mejorar la calidad de vida de los habitantes de los países donde preste su colaboración, siempre que sean necesarias y se hayan abonado antes de la finalización del periodo de justificación.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que se indican en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Margalida.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 07/09/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 124
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento