Subvenciones en materia de cooperacion para el desarrollo en los paises en vias de desarrollo.

Código de ayuda:

S72537/08

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/01/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para la cofinanciación de acciones a desarrollar en países en vías de desarrollo por las entidades solicitantes que cumplan los requisitos previstos en las siguientes bases.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Medio Cudeyo (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Para poder concurrir a las subvenciones, las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de
Asociaciones o Fundaciones como mínimo un año antes de la convocatoria anual.

b) Tener como fines institucionales expresos, según sus propios Estatutos la realización de actividades relacionadas con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.

c) No perseguir fines de lucro ni depender económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas.

d) Tener sede abierta en la Comunidad Autónoma de Cantabria en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos.

e) Disponer de estructura suficiente o potencial necesario para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.

f) En el caso de haber recibido subvenciones en convocatorias anteriores, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que hayan sido impuestas en las mismas

g) Estar al corriente de las obligaciones pecuniarias de cualquier clase con el Ayuntamiento de Medio Cudeyo, Hacienda Pública en general y la Seguridad Social.

h) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

i) En todos los actos o documentos divulgativos que tengan que ver con el proyecto subvencionado, la entidad solicitante ha de hacer constar el financiamiento y patrocinio del Ayuntamiento de Medio Cudeyo junto al logotipo del mismo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones concedidas estarán dirigidas a cubrir los gastos derivados de la ejecución del proyecto, y no los gastos de funcionamiento de la entidad solicitante, lo cual se especificará convenientemente en la memoria justificativa. Serán subvencionados los gastos de personal ocasionados como consecuencia de su actividad. No se financiarán más gastos administrativos que los directamente ligados a la ejecución del proyecto y, en todo caso, hasta un 5% de la subvención concedida. Se entenderá por gastos administrativos aquellos relativos a la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto por parte de la entidad solicitante y de la contraparte local responsables del mismo.

Documentos asociados

Boletín: 25/11/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 228
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento