Subvenciones en materia de cooperacion al desarrollo, ayuda humanitaria y solidaridad.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S08719/12

Norma:

Gijón, a 13 de marzo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/04/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El impulso y apoyo de proyectos e iniciativas para la prestación de servicios o ejecución de obras de interés general, que se destinarán a la financiación de los costes salariales de las personas se contraten para el desarrollo de las actuaciones establecidas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención estará en función del número de personas a contratar, de la duración de las jornadas, del grupo de cotización de la Seguridad Social, y de la modalidad de contrato de acuerdo con la tabla.

En todo caso, el importe total de la subvención no podrá superar el coste total de las contrataciones, ni sobrepasar en ningún caso el límite de 100.000 Euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que tengan como objeto social, entre otros, la realización de actividades cuya finalidad sea prestar asistencia y apoyo a colectivos desfavorecidos y sus familias, o estén vinculadas a la conservación del patrimonio histórico artístico, o al desarrollo de actividades culturales o relacionadas con la protección del medio ambiente, que presenten proyectos de interés público que generen y mantengan empleo y que, reuniendo los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en el artículo 6 de la ordenanza por la que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones y Ayudas del Ayuntamiento de Gijón, cumplan además los requisitos establecidos.

Asimismo, también podrán ser beneficiarias de la subvención las Confederaciones o Federaciones de Asociaciones, con personalidad jurídica propia, debiendo hacer constar expresamente en la solicitud el compromiso de ejecución de cada parte, y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de interés público, tanto de prestación de servicios como de ejecución de obras de interés general y social, que generen y mantengan empleo, presentados por entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, cualquiera que sea su objeto de actuación y que contraten a trabajadores y trabajadoras preferentemente entre personas que se encuentren en alguna de estas situaciones o pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

• Mujeres víctimas de violencia de género.

• Perceptores del salario social básico del Principado de Asturias o personas que no puedan acceder a esta
prestación por falta del periodo exigido de residencia o empadronamiento o para la constitución de la unidad perceptora.

• Jóvenes mayores de 18 años y menores de 30 años que procedan de instituciones de protección de
menores.

• Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo en proceso de rehabilitación o reinserción social.

• Internos de centros penitenciarios con posibilidad de acceso al empleo, liberados condicionales y ex
reclusos.

• Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2002, 12 de enero, reguladora
de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo, así como los
que se encuentren en situación de libertad vigilada y los ex-internos.

• Primer/a empleado/a de la entidad.

• Trabajadores que hayan obtenido experiencia laboral, en los tres años previos a la formalización del
contrato, en alguno de los Planes de Empleo Municipales: Programa Innovador para la mejora de la empleabilidad (PIME), Escuelas Taller, Talleres de Empleo y Casas de Oficios, acciones complementarias de
los planes locales de empleo o cualquier otro programa de formación y/o empleo gestionado por el ayuntamiento de Gijón.

• Jóvenes menores de 25 años, que no hayan accedido nunca a un empleo por cuenta ajena.

• Personas que en el último año hayan participado de forma activa en los itinerarios de los servicios de
orientación de empleo (O.P.E.A) de la Agencia Local de Promoción Económica y Empleo del Ayuntamiento
de Gijón.

• Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 66%.

• Personas mayores de 55 años en el momento de la contratación.

• Personas que se encuentren en situación de desempleo ininterrumpido durante los dos años anteriores
al inicio del contrato (admitiendo las que durante este periodo no hayan trabajado más de 60 días, sean
consecutivos o alternos).

Requisitos:

— Tener un centro de trabajo en el territorio municipal de Gijón.

— Estar inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones, Registro Autonómico de la Administración del Principado de Asturias o local del Ayuntamiento de Gijón.

— No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, por la comisión de infracciones tipificadas en tal materia en el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 54
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento