Subvenciones en materia de consumo destinadas a Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León.

Código de ayuda:

S05591/06

Norma:

ORDEN SAN/196/2006, de 10 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de financiar total o parcialmente, los gastos derivados del mantenimiento y equipamiento de sedes, la creación y/o funcionamiento de gabinetes técnicos y/o jurídicos, así como la realización de programas y actividades de las Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León para la defensa y protección de los derechos de los consumidores y usuarios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Sanidad (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá ser hasta el 100 por cien del presupuesto aceptado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo, por beneficiario y se determinará conforme a los criterios específicos de valoración.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones de Consumidores y Usuarios, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad, que al
tiempo de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de esta Orden, figuren inscritas en el Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León.

Quedan excluidas aquellas Organizaciones de Consumidores integradas en una Federación, o fórmula asociativa más amplia como Confederaciones, cualquiera que sea su ámbito de actuación, si ésta a su vez solicita subvención al amparo de esta Orden.

Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes no podrán incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los siguientes gastos derivados de las actividades objeto de subvención, las cuales, habiéndose iniciado después del día 16 de octubre de 2005, finalicen antes del día 15 de octubre de 2006, incluido:

1.– GASTOS DE MANTENIMIENTO.
2.– GASTOS DE CREACIÓN Y/O FUNCIONAMIENTO DE GABINETES TÉCNICOS Y/O JURÍDICOS DE ASESORAMIENTO A LAS ORGANIZACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS Y DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR.
3.– EJECUCIÓN DE PROYECTOS DESTINADOS A LA PROTECCIÓN Y ASESORAMIENTO A LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS.
4.– GASTOS DE EQUIPAMIENTO DE SEDES.

Documentos asociados

Boletín: 22/02/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 37
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento