Subvenciones en materia de consumo a las Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía para el año 2004.
Código de ayuda:
S04600/04Norma:
Orden de 9 de febrero de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/03/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
El fomento de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, con la finalidad de fortalecerlas dada su posición de interlocutores sociales que -a la par que contribuyen a potenciar la posición activa de los consumidores y usuarios en el mercado, en tanto que defensoras de los derechos reconocidos a aquellos- impulsan al mismo tiempo la transparencia y equilibrio de este.Categorías Subvención
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Gobernación (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Con cargo al funcionamiento de los gabinetes técnicos y jurídicos:- Hasta un 80% de los gastos del personal propio destinado a estas actividades.
- Hasta un 10% de los gastos generales.
- Hasta un 10% de los gastos específicos.
2. Con cargo al funcionamiento de las oficinas territoriales de información a los consumidores, se consideran:
- Hasta un 50% de los gastos del personal propio destinado a estas actividades.
- Hasta un 40% de los gastos generales.
- Hasta un 10% de los gastos específicos.
3. En los proyectos que posibiliten el acceso de los consumidores y usuarios a la justicia, los siguientes:
- Hasta un 80% del importe del arrendamiento de servicios o de los gastos del personal específicamente dedicado a la ejecución del programa.
- Hasta un 10% de los gastos generales.
- Hasta un 10% de los gastos específicos.
4. De los programas específicos de actuación se estimarán:
- Hasta un 60% de los gastos de las actividades específicas establecidas en el respectivo programa.
- Hasta un 30% de los gastos del personal que se destine a la ejecución de los mismos.
- Hasta un 10% de los gastos generales.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las acciones dirigidas a la consecución de las siguientes finalidades:a) Funcionamiento de gabinetes técnicos y jurídicos especializados en materia de consumo.
b) Funcionamiento de oficinas territoriales de información,cuyo ámbito subjetivo de actividad comprenda a todos los potenciales consumidores y usuarios, con independencia de que estos ostenten o no la condición de asociados.
c) Proyectos destinados a facilitar el acceso de los consumidores y usuarios a la justicia, específicamente en aquellos sectores en los que el número de damnificados imponga, por razones procesales o de eficacia, su actuación procesal conjunta.
La realización de programas específicos, entendiéndose por tales aquellas actividades informativas o formativas destinadas a amplios colectivos de consumidores y que prioritariamente están dirigidas a las siguientes acciones:
- Programas de información y orientación de los consumidores sobre la vivienda.
- Programas de información sobre productos o servicios de uso común y generalizado: tales como suministros de agua y energía, telefonía, enseñanza, servicios financieros, de transporte o análogos.
- Actuaciones dirigidas al fomento del consumo sostenible.
- Publicaciones periódicas en materia de consumo, dirigidas a los consumidores y usuarios.
- Programas que contribuyan a mejorar la información, formación y educación del consumidor en materia de consumo y, en especial, en relación con las nuevas tecnologías y la sociedad de la información.
- Actuaciones dirigidas a la protección y defensa de colectivos específicos de consumidores más desprotegidos.
Requisitos:
1. Los que, teniendo exclusivamente ámbito regional e implantación efectiva en las ocho provincias andaluzas, se encuentren además inscritas en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.2. Que no haya recaído sobre las mismas resolución administrativa o judicial firme de reintegro, consecuencia de procedimientos substanciados en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, hasta que sea acreditado el ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.
3. Que la Federación solicitante haya justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad, con cargo al mismo programa presupuestario, por la Administración autonómica andaluza y sus Organismos Autónomos.
Documentos asociados
Boletín:
24/02/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 37
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 37
Documento: Convocatoria Descargar Documento