Subvenciones en materia de consumo a Organizaciones de Consumidores de la Comunidad de Madrid.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S04782/07

Norma:

ORDEN 2244/2006, de 22 de diciembre. ORDEN 2317/2007, de 26 de octubre. ORDEN de 26 de febrero de 2009. ORDEN de 13 de abril de 2010. ORDEN de 7 de abril de 2011. ORDEN de 31 de diciembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/03/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones en materia de consumo a Organizaciones de Consumidores de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2012 para financiar gastos corrientes necesarios para el funcionamiento habitual de las mismas, en cumplimiento de su compromiso social de representación de los consumidores y usuarios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la subvención concedida a cada beneficiario, según solicitud, resultará de multiplicar el valor porcentual correspondiente a los puntos obtenidos por el importe global de las inversiones valoradas como subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades beneficiarias de estas subvenciones son las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones, Uniones y Cooperativas de Consumidores de ámbito autonómico, que estén inscritas en el Registro de Organizaciones de Consumidores de la Comunidad de Madrid y adheridas al Sistema Arbitral de Consumo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones contempladas en la presente Orden se concederán para financiar los gastos corrientes necesarios para el funcionamiento y desarrollo de la habitual actividad de las Organizaciones de Consumidores de la Comunidad de Madrid referidos a:

— Arrendamiento de locales sedes de la Organización.

— Suministros básicos de luz y teléfono.

— Gastos de contratos laborales y de arrendamiento de servicios de profesionales para los gabinetes de asistencia jurídica de la Organización.

— Gastos referidos a costes sociales y salariales del personal del gabinete jurídico de la Organización que desempeñe funciones de asesoramiento, en materia de consumo, gestión de reclamaciones y denuncias y labores de apoyo administrativo.

— Gastos de edición y distribución de publicaciones, puntuales o periódicas, de carácter promocional y/o informativo-formativo en materia de consumo, dirigidas a los socios de la Organización y a consumidores finales.

— Gastos de mantenimiento y actualización de páginas web de la Organización, siempre y cuando sean accesibles a todos los consumidores de la Comunidad de Madrid.

Requisitos:

1. Las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones, Uniones y Cooperativas de Consumidores deberán estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad deMadrid, así como con la Seguridad Social, o, en su defecto, tener concedido aplazamiento, fraccionamiento o acuerdo de suspensión como consecuencia de impugnación, y no deberán tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. Este último extremo será comprobado de oficio por la Dirección General de Consumo que se dirigirá al efecto a la Consejería de Economía y Hacienda para que certifique la inexistencia de apremio.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas por esta Orden las Organizaciones de Consumidores, en las que concurra alguna de las circunstancias recogidas en los artículos 13.2 y 13.3 y, en concreto, en los apartados g) y h) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 12
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Boletín: 12/11/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 269
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Boletín: 10/03/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 58
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Boletín: 28/04/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 100
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Boletín: 11/05/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 110
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Boletín: 06/02/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 31
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