Subvenciones en materia de artesanía para el año 2004.

Código de ayuda:

S09900/04

Norma:

Orden de 26 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la creación y adaptación de los talleres artesanos a las necesidades productivas y del mercado, así como fomentar la profesionalización del artesano, la mejora de la competitividad, la calidad del producto y su comercialización.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Una subvención neta de hasta el 50% del coste de las acciones subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas artesanas, ya sean personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividad incluida en el Repertorio de Empresas Artesanas, así como las asociaciones artesanas, que se encuentren inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Para las empresas artesanas.
1.1.- En el ámbito de la formación:
a) Cursos de formación impartidos por las empresas artesanas, ya sean personas físicas o personas jurídicas.
b) Cursos de perfeccionamiento recibidos por el artesano para la introducción de nuevas técnicas que mejoren sus productos y para la ampliación de conocimientos en materia de comercialización.
1.2.- En materia de infraestructuras:
a) La instalación, modernización, acondicionamiento y ampliación de locales de producción o de comercialización anexos a los talleres donde se desarrolle la actividad artesana.
b) La adquisición de útiles, herramientas y equipos vinculados al ejercicio de la actividad artesanal.
c) La adquisición de transporte industrial de primer uso necesario para el desarrollo de la actividad artesanal.
d) La adquisición de equipos informáticos para la mejora de la gestión contable y comercial de la empresa artesana y para
procesos de digitalización y diseño asistido.
1.3.- En materia de promoción comercial:
La producción de catálogos de productos en soporte papel, magnéticos o CD/DVD.

2.- Para las asociaciones artesanas.
2.1.- En el ámbito de la formación:
Cursos de formación organizados por las asociaciones artesanas, encaminados a la mejora de la cualificación de sus asociados en los ámbitos técnicos y de gestión comercial.
2.2.- En materia de infraestructuras:
a) La reforma, acondicionamiento y equipación de locales para la comercialización en común.
b) La adquisición de equipos informáticos para la mejora de la gestión de las actividades desarrolladas por la asociación y para
procesos de digitalización y diseño asistido.
2.3.- En materia de promoción comercial:
El desarrollo de campañas de promoción comercial incluidas en programas de comercialización en común, incluso la elaboración,
diseño y edición de catálogos comerciales.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 40
Documento: Convocatoria Descargar Documento