Subvenciones en materia de Emigración.

Código de ayuda:

S29637/05

Norma:

DECRETO 92/2005, de 12 de abril. ORDEN de 24 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva para la financiación del gasto en el ejercicio 2006 de los distintos programas previstos en materia de emigración.


Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de la Emigración Extremeña que pretendan realizar actuaciones que revistan un especial interés en orden a la consecución de los fines previstos en la Ley de la Extremeñidad.

A tal efecto, los solicitantes deberán cumplir los requisitos que les fuesen exigidos por la normativa autonómica en materia de emigración y deberán desarrollar actividades relacionadas con los programas del Consejo de Comunidades Extremeñas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas previstos en materia de emigración son los siguientes:

a) Mantenimiento de estructura: Este programa está destinado a financiar el déficit en gastos corrientes de las Federaciones de Asociaciones de Emigrantes, especialmente el generado por la realización de actuaciones dirigidas a mantener un contacto directo con la región.

b) Actividades: Este programa está destinado a financiar cuantas actuaciones se realicen en el marco de los derechos que la Ley de la Extremeñidad reconoce a sus destinatarios para el cumplimiento de los fines en ella previstos, en especial, las que tengan por objeto:
– El estrechamiento de los lazos sociales y culturales con Extremadura mediante la organización de viajes colectivos a nuestra región.
– La difusión de la realidad histórica, artística, social, cultural y económica de Extremadura, a través de la organización de cursos, campañas, conferencias, exposiciones, muestras y demás actividades similares.
– La participación de los jóvenes en los contenidos de la Ley de la Extremeñidad.
– Las actividades subvencionadas en este programa deberán ser realizadas directamente por las entidades beneficiarias de las ayudas.

c) Equipamiento: Este programa está destinado a la dotación de mobiliario, equipamiento informático y audiovisual, equipamiento de grupos folclóricos extremeños, que dichas entidades precisen para poder atender adecuadamente a sus cometidos y mantener una relación directa con la Región.

d) Reparaciones y mantenimiento de locales: Este programa está destinado a financiar reparaciones de los locales donde las Entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de la Emigración Extremeña realicen su actividad. Se incluyen en este programa las obras de conservación, reparación o adaptación, siempre que no afecten a la estructura del edificio o que, por su simplicidad, no precisen para su ejecución de proyecto o condiciones técnicas particulares. A este programa podrán optar las entidades propietarias del local objeto de la reforma.

e) Prestación de un Punto de Información de Extremadura PIEX.
Este programa está destinado a financiar aquellos gastos corrientes de la entidad relativos a la prestación de las funciones propias del servicio.
Las funciones de estos PIEX son fundamentalmente de carácter informativo, entre las que destacan las siguientes:
– Servir de fuente de información de Extremadura, no sólo para los emigrantes extremeños y aquellos a los que les sea de aplicación la Ley de la Extremeñidad, sino también para todos los residentes en la zona donde están ubicados y su ámbito de actuación.
– Servir de cauce de cuantas iniciativas y sugerencias puedan plantear los emigrantes extremeños a las Instituciones Públicas Extremeñas.
– Informar sobre las orientaciones económicas emanadas de la Junta de Extremadura, así como de las ayudas regionales para la creación de riqueza y fomento del empleo en la Comunidad.
– Facilitar información y asesoramiento sobre cuantas disposiciones y resoluciones emanen de las Instituciones extremeñas.
– Ofrecer información sobre las posibilidades de retorno y condiciones de estancia en Extremadura.
– Colaborar en la comercialización y producción de productos extremeños fuera de la Comunidad Autónoma.
– Colaborar en la promoción turística de la Región.
– En general, todas aquellas actuaciones encaminadas a potenciar el acercamiento cultural de la Comunidad Extremeña con otras Comunidades.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 44
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento