Subvenciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo y Cooperación Local Humanitaria.

Código de ayuda:

S21264/04

Norma:

Sesión de 14 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las subvenciones que, en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo y Cooperación Local Humanitaria en los once municipios de Costa del Sol Occidental, conceda la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental con el fin de premiar y cooperar económicamente con aquellos proyectos cuyo objetivo sea potenciar la cooperación, mitigar los desequilibrios sociales, proteger a los más débiles y paliar las desigualdades.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

De acuerdo con las recomendaciones sobre microproyectos, los límites de los mismos se cuantificarán entre 6.000 y 30.000 euros, no pudiendo superar esta cantidad.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (ONGDs) con capacidad jurídica de obrar en España y Asociaciones sin ánimo de lucro inscritas en los registros correspondientes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes proyectos o acciones:
a. Proyectos de cooperación internacional al desarrollo.
b. Proyectos de cooperación local humanitaria en los once municipios de la Costa del Sol Occidental.

Requisitos:

Que:
– No estén incursas en causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad establecidas en el artículo, 13.2 y 13.3. de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.
– Carezcan de fines de lucro.
– Estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
– Tengan capacidad y solvencia suficiente para sostener las acciones subvencionadas.

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2004
BO Provincia de Málaga- Nº 167
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 30/08/2004
BO Provincia de Málaga- Nº 167
Documento: Anexos Descargar Documento