Subvenciones en las areas de servicios sociales, familias e infancia, correspondientes al año 2012.

Código de ayuda:

S35782/12

Norma:

Resolucion de 24 de septiembre de 2012. Orden SSI/1209/2012, de 4 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de actuaciones estatales dirigidas a apoyar el movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal de las personas y los colectivos que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social, pueblo gitano, voluntariado, familias e infancia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo de entidades de ámbito estatal a la fecha de publicación de esta convocatoria.

b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.

c) Tener como fines institucionales primordiales, en concordancia con los fines establecidos en sus estatutos y con carácter prioritario y habitual, la realización de las actuaciones y actividades de acción social relacionadas con las siguientes áreas y colectivos:

Ser de carácter generalista o tener ámbito de actuación transversal, y que sus fines institucionales primordiales se dirijan a la atención de personas y colectivos que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social, a la provisión de servicios técnicos y de calidad a las organizaciones del tercer sector de acción social o a la promoción del voluntariado.

El desarrollo de la comunidad gitana, la promoción de la igualdad de trato y la lucha contra su discriminación.

Estar constituidas como plataformas o personas jurídicas similares, cuya finalidad sea trabajar en favor de los colectivos más vulnerables de la sociedad y en la lucha contra la exclusión social, el fortalecimiento del tercer sector de acción social o la potenciación y consolidación de la acción voluntaria.

La atención de las familias.

La atención a la infancia.

No podrán ser subvencionadas aquellas entidades y organizaciones cuyos fines estatutarios se dirijan a colectivos contemplados específicamente en otras resoluciones de convocatoria de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad o a colectivos de atención de otros Ministerios.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad de los entonces Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales –antes Ministerio de Asuntos Sociales-, Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Ministerio de Sanidad y Política Social, y Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

f) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 136
Documento: Orden SSI/1209/2012 Descargar Documento
Boletín: 26/09/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 232
Documento: Convocatoria 2012 Descargar Documento