Subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias para el ejercicio 2020.

Código de ayuda:

S34119/20

Norma:

ORDEN de 10 de julio de 2017. ORDEN de 26 de mayo de 2020. Orden de 23 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de agosto de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para la realización de actividades y proyectos en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias correspondientes al año 2020.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Un millón ciento cinco mil seiscientos sesenta y cuatro euros con noventa y seis céntimos (1.105.664,96 euros), sobre los que podrán efectuarse ampliaciones de crédito.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán resultar beneficiarios de la presente convocatoria los recogidos en la base 4ª de las bases generales (entidades locales, entidades empresariales, personas físicas, instituciones sin fines de lucro y otros).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a.- Las inversiones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales referidas a:

a.1. Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la administración local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración de los parques nacionales o sus instrumentos de planificación.

a.2. Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.

a.3. Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación de los parques nacionales, incluido el impacto visual sobre la percepción estética de los parques nacionales ocasionado por infraestructuras preexistentes.

a.4. Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos de los parques nacionales.

a.5. Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor históricoartístico o cultural a escala local.

a.6. Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con los parques nacionales, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales.

a.7. Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.

a.8. Iniciativas privadas destinadas a la dotación, en la primera residencia de sus propietarios, de las condiciones exigidas para la concesión de la cédula de habitabilidad a viviendas con una antigüedad acreditada de más de 50 años.

b.- Las actividades no consistentes en inversiones referidas a:

b.1. Iniciativas públicas o privadas orientadas a la divulgación de los valores e importancia de los parques nacionales entre amplios sectores de la sociedad local.

b.2. Iniciativas públicas o privadas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas con la gestión de los parques nacionales en cualquiera de sus facetas, con la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con el uso sostenible de los recursos naturales renovables, incluyendo el ecoturismo relacionado con los valores de los parques nacionales.

c.- Con carácter general, cualquier iniciativa pública o privada expresamente prevista en los planes de desarrollo sostenible de los parques nacionales, planes de acción y estrategia de la Carta Europea de Turismo Sostenible o en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios que conforman sus áreas de influencia socioeconómica.

Documentos asociados

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