Subvenciones en forma de bonificación de intereses de préstamos destinadas a financiar inversiones empresariales realizadas por pymes.

Código de ayuda:

S10491/05

Norma:

Resolución de 17 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar a las pymes el acceso a préstamos bancarios, paliando así la problemática financiera con la que se encuentra este tipo de empresas y mejorando su entorno financiero.

Se permitirá sostener y promover aquellas actividades económicas que contribuyan al crecimiento y mejora de la distribución de la riqueza nacional y asegurar la permanencia en el mercado de las pymes así como su adaptación a los cambios tecnológicos producidos en el entorno económico.

Las subvenciones consistirán en la bonificación de puntos de interés, y en su caso de la comisión de apertura, de los préstamos que se suscriban con las entidades financieras con las que la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja haya formalizado el correspondiente Convenio, destinados a financiar la inversión en adquisición de activos fijos nuevos, tanto materiales como inmateriales.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión subvencionable deberá ser superior a 60.000 euros.
El importe del préstamo no será superior al 75% de la inversión total subvencionable.
Así mismo el importe del préstamo no podrá superar los 600.000 euros, salvo en aquellos proyectos que por su especial relevancia o repercusión en La Rioja, sean considerados de especial interés por la Agencia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios habrán de ser pequeñas y medianas empresas (pymes) cuya actividad esté encuadrada en alguno de los siguientes epígrafes del CNAE (Real Decreto 1560/1992, de 18 de diciembre):
C Industrias extractivas.
D Industrias manufactureras.
E Producción y distribución de energía eléctrica, gas y agua.
F Construcción, excepto el epígrafe F-45.211 Construcción de edificios.
G Comercio; reparación de vehículos de motor, motocicletas y ciclomotores y artículos personales y de uso doméstico.
I Transporte, almacenamiento y comunicaciones.
K 71 Alquiler de maquinaria y equipo sin operario, de efectos personales y enseres domésticos.
K 72 Actividades informáticas.
K 73 Investigación y desarrollo.
K 74 Otras actividades empresariales.
N 85 Actividades sanitarias y veterinarias, servicios sociales.
O 93 Actividades diversas de servicios personales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La inversión de las pequeñas y medianas empresas en activos fijos nuevos mediante la bonificación de tipos de interés en préstamos destinados a financiar dichas inversiones.
Se tratará de préstamos suscritos con entidades financieras con las que la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja haya formalizado el correspondiente Convenio.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 34
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 02/08/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 102
Documento: Modificación Descargar Documento