Subvenciones, en el marco del III Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC), en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales de la isla de La Palma, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S59446/08

Norma:

Resolucion de 27 de agosto de 2008. Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo. Orden de 26 de octubre de 1998.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto aprobar una nueva convocatoria para el ejercicio 2008 de
subvenciones en el marco del programa de colaboración con las Corporaciones Locales de la isla de La
Palma, que no tengan ámbito insular, para que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, que sean competencia de esas Administraciones, que no se realicen en propiedades privadas ni beneficien a intereses particulares, con una duración comprendida
entre cuatro y seis meses, con cargo al III PIEC.

La convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998 (B.O.E. de 21 de noviembre), modificada por la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional
ocupacional (B.O.E. de 1 de abril); y con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18 de noviembre).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A los efectos de garantizar la máxima distribución de los recursos entre los distintos municipios que puedan participar en esta convocatoria, se establece el siguiente tope máximo en el importe total a obtener en esta convocatoria por cada Corporación Local, incluyendo en esos topes máximos a las entidades dependientes o vinculadas a ellas dentro del ámbito municipal, en función del número de desempleados inscritos en las oficinas de empleo a 30 de junio de 2008. A tal fin se procederá de la siguiente forma:

- Se obtendrá el porcentaje de desempleados de cada municipio en relación al total de desempleados de los municipios que pueden optar a esta convocatoria.
- Los porcentajes resultantes se aplicarán al crédito disponible para esta convocatoria, obteniéndose un importe por ámbito municipal.
- Acada uno de los importes se les añadirá el 10% de los mismos, resultando el máximo a solicitar por
cada Corporación Local, incluyendo a las entidades dependientes o vinculadas a ellas.

Las citadas entidades han de gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del
correspondiente proyecto y cumplir con los demás requisitos establecidos, con carácter general, por la
Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las Corporaciones o entidades
dependientes o vinculadas a ellas de la isla de La Palma, que no tengan ámbito insular, que contraten
trabajadores desempleados para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés
general y social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria se destinarán a la financiación de los costes
laborales de los trabajadores que sean contratados para la ejecución de las obras y servicios de interés general y social. Los desempleados deberán estar inscritos en las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo y, para cumplir con el objetivo principal de este programa de facilitar la práctica profesional y mejorar la empleabilidad de los trabajadores desempleados en Canarias, se aplicará con carácter general en su selección el principio de no repetición y rotación.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/1998
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: Orden de 26 de octubre de 1998 - Bases reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Orden TAS/816/2005 - Modificación Descargar Documento
Boletín: 04/09/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 177
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento