Subvenciones, en el marco del III Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC), en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito insular, entidades dependientes o vinculadas a ellas, que contraten trabajadores desempleados procedentes del sector de la construcción para la realizaciónde obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S59364/08

Norma:

Resolucion de 27 de agosto de 2008. ORDEN TAS/816/2005, de 21 de marzo. ORDEN de 26 de octubre de 1998. Resolucion de 21 de noviembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto aprobar una nueva convocatoria para el ejercicio 2008 de
subvenciones en el marco del III Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC) con las Corporaciones Locales de ámbito insular y con las entidades dependientes o vinculadas a ellas, que contraten trabajadores desempleados procedentes del sector de la construcción para la realización de obras y servicios de interés general y social, que sean competencia de esas Administraciones, que no se realicen en propiedades privadas ni beneficien a intereses particulares, con una duración comprendida entre cuatro y seis meses, con cargo al III PIEC.

La convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998 (B.O.E. de 21 de noviembre), modificada por
la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones que
se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional
ocupacional (B.O.E. de 1 de abril); y con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18 de noviembre).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A los efectos de garantizar la máxima distribución de los recursos entre las distintas Corporaciones Locales
insulares y entidades vinculadas y dependientes de ellas que puedan participar en esta convocatoria, se establece el siguiente tope máximo en el importe total a obtener en esta convocatoria por cada Corporación
Local insular, incluyendo en ese tope máximo a sus respectivas entidades, en función del número de desempleados inscritos en las oficinas de empleo a 30 de junio de 2008. A tal fin se procederá de la siguiente forma:

- Se asignará un 1% del crédito de la convocatoria a cada Corporación Local de ámbito insular, incluyendo
las entidades vinculadas o dependientes de ella.
- El crédito restante se distribuirá por islas, proporcionalmente a las cifras de desempleados a 30 de junio de 2008.

- El máximo a solicitar por cada Corporación Local insular, incluidas las entidades dependientes o vinculadas a ellas, será la suma de las dos cantidades anteriores incrementada en un 10%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las Corporaciones Locales
de ámbito insular, entidades dependientes o vinculadas a ellas, que contraten trabajadores desempleados
procedentes del sector de la construcción para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, quedando excluidas de la presente convocatoria las Corporaciones Locales de ámbito municipal y otras entidades dependientes o vinculadas a ellas cuyas actuaciones se circunscriban en los límites territoriales de un municipio.

Los proyectos que se presenten a esta convocatoria por parte de las Corporaciones Locales de ámbito insular, o por las entidades dependientes o vinculadas a ellas, deben beneficiar, como mínimo, al 75% de los municipios de la respectiva isla.

Las citadas entidades han de gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del
correspondiente proyecto y cumplir con los demás requisitos establecidos, con carácter general, por la
Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos deben estar dirigidos a trabajadores desempleados procedentes del sector de la construcción, y estar relacionados con obras y servicios de interés general y social en nuevos yacimientos
de empleo, preferentemente en los siguientes sectores de actividad: Turismo y Hostelería, Energía y
Agua, Medio Ambiente, Agricultura y Servicios a la Comunidad.

El Servicio Canario de Empleo impartirá la formación de carácter básico y obligatoria, con una duración no superior a 75 horas lectivas, para desempleados provenientes del sector de la construcción que puedan participar en los proyectos objeto de esta convocatoria, sobre el sector concreto a que se refiere cada uno de ellos, con el fin de posibilitar la mayor consecución de los objetivos propuestos y el mejor desarrollo de las actuaciones programadas.

El coste de esta formación será asumido por el Servicio Canario de Empleo.

Las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria se destinarán a la financiación de los costes
laborales de los trabajadores desempleados procedentes del sector de la construcción que sean contratados para la ejecución de las obras y servicios de interés general y social. Los desempleados deberán acreditar su residencia en Canarias en los últimos tres años y estar inscritos en las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo, dando preferencia a los inscritos por un período igual o superior a seis meses.

Para cumplir con el objetivo principal de este programa de facilitar la práctica profesional y mejorar la empleabilidad de los trabajadores desempleados en Canarias, se aplicará con carácter general en su
selección el principio de no repetición y rotación. Además, la selección de trabajadores desempleados se llevará a cabo teniendo en cuenta el ámbito insular y la cercanía física al puesto de trabajo a desempeñar, por lo que el proyecto debe contemplar el número de puestos de trabajo a cubrir en cada zona o lugar geográfico dentro de la isla.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/1998
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: Orden de 26 de octubre de 1998 - Bases reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Orden TAS/816/2005 - Modificación Descargar Documento
Boletín: 04/09/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 177
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 27/11/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 238
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento