Subvenciones en el año 2021 para paliar los efectos del COVID-19 en los clubes deportivos que hayan participado en competiciones estatales y/o internacionales y en las instalaciones deportivas o gimnasios en el ejercicio 2020.

Código de ayuda:

S08273/21

Norma:

ORDEN de 10 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de abril de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden aprobar las bases para la concesión de subvenciones destinadas a paliar el quebranto económico experimentado en 2020 por las personas jurídicas privadas que reúnan los requisitos en ellas establecidos, como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades públicas para contener la propagación de infecciones causadas por la pandemia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1 a 3 personas trabajadoras: 3.000 euros.

4 a 9 personas trabajadoras: 4.000 euros.

10 o más personas trabajadoras: 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas objeto de convocatoria las personas jurídicas privadas que cumplan los requisitos generales.

Requisitos:

– Las empresas o entidades que gestionen instalaciones o equipamientos deportivos y cuyas actividades se encuadren en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas:

8551 (educación deportiva y recreativa)

9311 (gestión de instalaciones deportivas)

9313 (actividades de los gimnasios)

9319 (otras actividades deportivas)

– Los clubes deportivos registrados en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco que gestionen instalaciones o equipamientos deportivos radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

– Haber tenido alguna persona trabajadora en el establecimiento o centro de que se trate en Expediente de Regulación Temporal de Empleo, en el período comprendido entre el 14 de marzo y el 31 de diciembre de 2020. En el supuesto de que se solicite ayuda por varios centros o establecimientos el requisito se exigirá para cada uno de ellos.

– Estar domiciliada la actividad empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco y radicar en la misma el centro de trabajo.

– Figurar dadas de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

– Seguir en activo en la fecha de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 25/03/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento