Subvenciones en el ámbito del Plan de desarrollo turístico.

Código de ayuda:

S13182/10

Norma:

ORDEN IUE/120/2010, de 24 de febrero. ORDEN IUE/355/2010, de 21 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo a los procesos de optimización y mejora en las condiciones de accesibilidad que puedan presentar las instalaciones, equipamientos y establecimientos turísticos o de oferta turística complementaria. La finalidad de la presente línea de subvención es favorecer los establecimientos turísticos o de interés turístico para que ayuden a presentar Cataluña como destino turístico atractivo para personas con movilidad reducida, discapacitada o con necesidades especiales.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones es hasta un máximo del 50% del total de la inversión.

Límite máximo de 30.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Pequeñas empresas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento.

b) Pequeñas empresas titulares de establecimientos de restauración de los grupos restaurante y restaurante bar.

c) Pequeñas empresas titulares de establecimientos o instalaciones destinadas a ofrecer servicios de turismo activo, cultural, gastronómico, de naturaleza, de salud y otras actividades de interés turístico.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones cuyo objeto sea adaptar los establecimientos turísticos o de interés turístico al uso para personas con movilidad reducida, discapacitada o con necesidades especiales, más allá de lo que prevén las normativas aplicables. La adaptación de los establecimientos a los criterios de accesibilidad
incluye los elementos estructurales y constructivos, así como el conjunto de sus instalaciones, mobiliario y servicios.

Documentos asociados

Boletín: 05/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5581
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 28/06/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5658
Documento: Modificación Descargar Documento